NOTIVIDA, Año XII, Nº 870, 15 de noviembre de 2012 Cámara de Diputados de la Nación “FEMICIDIO” TIENE SANCIÓN
DEFINITIVA La cámara baja convirtió en ley, por
unanimidad, el texto que obtuvo la media sanción de ese Cuerpo en abril.
Los senadores lo aprobaron con modificaciones en octubre, pero los diputados ratificaron la
redacción original. El proyecto sancionado modifica el artículo 80 del Código Penal que
es el que describe los homicidios a los que les cabe reclusión perpetua, si no
mediaran “circunstancias
extraordinarias de atenuación” en las que “el juez podrá aplicar prisión o
reclusión de ocho a veinticinco años”. La modificación banaliza el matrimonio al incluir
entre los vínculos que agravan la pena por homicidio (ascendiente, descendiente
y cónyuge) a las relaciones de pareja con o sin convivencia.
Es un nuevo avance en aras de instalar lo
antinatural como un modelo válido a seguir; a los crímenes por odio contemplados en la redacción vigente:
odio “racial o
religioso” se le añaden el odio “de género o a la orientación sexual, identidad de género o su
expresión”. Con lo que sería más grave, por ejemplo, matar a un gay que a un
varón heterosexual por el hecho de ser anciano, discapacitado o hincha de un
determinado equipo de fútbol. La única violencia que agrava la penalidad es la que responde al
patrón hombre maltratador / mujer víctima, como si la mujer no pudiera ser victimaria. El juez no podrá reducir la reclusión perpetua cuando haya
antecedentes de violencia y la víctima sea una mujer. Esto viola el principio de igualdad ante la ley ("Todas las personas son iguales ante la
ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual
protección de la ley.", art 24 del Pacto de San José de Costa
Rica). Las modificaciones introducidas se fundan en la
ideología de género y son injustamente discriminatorias. Las consideraciones
jurídicas en torno al texto sancionado pueden verse en Notivida
Nº 817. _________________________________________ NOTIVIDA, Año XII, Nº 870, 15 de noviembre de 2012 Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja Página web: www.notivida.org Email: notivida@hotmail.com Para suscribirse al boletín ingrese aquí _________________________________________ Citando la fuente y el autor, se autoriza la reproducción total o parcial de los artículos contenidos en cada número del boletín |