NOTIVIDA, Año IX, nº 592, 11 de mayo de 2009

Río Cuarto, Argentina

RÍO CUARTO SANCIONÓ UNIONES CIVILES

En un gravísimo ataque al Orden natural los concejales riocuartenses consideraron que la convivencia homosexual es una forma de vida “análoga a la familiar”.

 Por Mónica de Río

El municipio cordobés aprobó el pasado 7 de mayo, la Ordenanza 279/09 que garantiza las uniones civiles. El proyecto sancionado permite la unión de dos personas que “convivan en una relación de afectividad estable y pública, análoga a la familiar, con independencia de su género” (art. 2º). Los unientes deberán acreditar un año de convivencia y el mismo tiempo de residencia en el Municipio (art. 3º).

Se creará un Registro de Uniones Civiles, que funcionará en el ámbito del Registro del Estado Civil dependiente de la Secretaría de Gobierno (art. 1º).

Las disposiciones reglamentarias deberán dictarse en un plazo de 30 días corridos desde la promulgación de la Ordenanza (art. 9º).

La ordenanza 279/09 fue impulsada por la socialista Viviana Yawni y contó, incomprensiblemente, con el apoyo unánime de todos los bloques.  

Recordemos finalmente que la Ciudad de Buenos Aires sancionó la ley de “Uniones civiles”, el 12 de diciembre de 2002; y la provincia de Río Negro la ley que permite el “Registro de convivencia homosexual”, el 10 de abril de 2003. Mientras que Villa Carlos Paz garantizó las uniones civiles el 23 de noviembre de 2007 con el art. 55 de la Carta Orgánica Municipal pero no ha dictado aún la ordenanza reglamentaria.

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NOTIVIDA, Año IX, nº 592, 11 de mayo de 2009

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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