NOTIVIDA, Año V, nº 323, 15 de noviembre de 2005

Senado de la Nación, Argentina

RANGO CONSTITUCIONAL PARA UNA CONVENCIÓN ABORTISTA Y ANTICATÓLICA

LA PERSPECTIVA DE GÉNERO LLEGA A LA CONSTITUCIÓN ARGENTINA 

El Senado de la Nación daría mañana rango constitucional a la Convención Interamericana para Erradicar la Violencia contra la Mujer -Belem do Pará-, (Orden del Día 848, tiene origen en el proyecto del senador Eduardo Menem, expte 347/04).

Homosexualismo y aborto

Belem do Pará es la convención internacional “top” del feminismo abortista americano ya que, entre otras cosas, introdujo en la legislación regional el concepto de género (arts. 1º y 8º), (vid. Notivida 274, 298).

El concepto de género tiende a abolir las diferencias naturales entre varón y mujer, convirtiendo al sexo en una noción construida culturalmente (orientación sexual), justificando así no sólo el reconocimiento social y jurídico del homosexualismo, sino la distribución masiva de anticonceptivos y el aborto, químico y quirúrgico.

La Convención declara combatir violencias físicas, sexuales y sicológicas hacia la mujer (art. 2º), pero recordemos que para el feminismo violencia contra la mujer es toda limitación legal o social que se considere lesiva de la llamada “libertad reproductiva”

Entre otras cosas, la Convención, también pretende “garantizar el derecho de la mujer” a ser educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación (art. 6b). En el lenguaje feminista la maternidad fomenta la inferioridad y asociar, naturalmente, mujer y maternidad es favorecer estereotipos negativos de mujer.

Reingeniería social “progresista”

Al ratificar la Convención los Estados Parte se comprometen a modificar esos patrones de conducta, por ejemplo, contrarrestándolos con el diseño de programas de educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo (8b).

El Comité se seguimiento

A semejanza del CEDAW, la Convención tiene su Comité de Seguimiento. La función específica de las “expertas” de Belem do Pará es recibir y evaluar “técnicamente” los Informes de los Estados Parte y emitir recomendaciones.

Aborto por imposición internacional

Al ratificarla los Estados se comprometen a aceptar esas recomendaciones e incluirlas en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (art. 7c) y, en el mismo sentido, a modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes (art. 7e). Es decir, a adoptar las disposiciones legislativas o de otra índole que sean necesarias para hacer efectiva esta Convención (art. 7h).

Bien se puede decir que la Convención es un instrumento para legalizar el aborto por imposición internacional (vid. Notivida 306)

Anticatolicismo declarado

En el Comité de seguimiento cuya primera reunión se realizó en agosto en la OEA, tienen mayoría los miembros de la organización abortista CLADEM, que se caracteriza por su sectarismo anticatólico.

Por ejemplo, la representante de Brasil declaró: “La libertad religiosa es un derecho individual; sólo el ‘Estado laico’ garantiza la libertad religiosa. La defensa del Estado laico significa defensa de los derechos individuales, como el derecho al aborto, y debe ser una defensa intransigente; es defender la democracia, la ciudadanía y los derechos humanos, incluso por parte de la Iglesia Católica”, (vid. Noticias Globales 733).

Recordemos además que CLADEM acudió, el 30 de noviembre de 2001, al Comité de Seguimiento de la Convención de Eliminación de Toda Forma de Discriminación de la Mujer (CEDAW) denunciando a la Conferencia Episcopal Argentina por aceptar la propuesta de algunos senadores de ratificar el Protocolo Opcional de la Convención añadiéndole una declaración interpretativa para preservar el derecho a la vida, (vid. Notivida 65, 18-12-01). FIN

 ______________________________________

NOTIVIDA, Año V, nº 323, 15 de noviembre de 2005

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

Página web http://www.notivida.com.ar

Email notivida@notivida.com.ar

Para suscribirse al boletín ingrese aquí

______________________________________

Citando la fuente, se autoriza la reproducción total o parcial de los artículos contenidos en cada número del boletín