NOTIVIDA, Año V, nº 303, 02 de agosto 2005

Río Negro, Argentina

OTRO PROYECTO ANTIVIDA DE LA DIPUTADA MILESI

El 20 de julio pasado la Comisión de Asuntos Sociales de la Legislatura de Río Negro dio dictamen favorable a otro proyecto antivida de la legisladora radical Marta Milesi, esta vez se trata del proyecto de ley de “Anticoncepción de Emergencia”.

Según la misma Milesi se trata de "un proyecto inédito, que no tiene antecedentes en la Argentina", que se refiere a la utilización de la "anticoncepción de emergencia"; ”lo que proponemos –dijo Milesi-  es que los hospitales públicos y la obra social provincial puedan aplicar, a las mujeres que lo requieran, esta anticoncepción de emergencia que debe ser tomada dentro de los primeros cinco días posteriores a la relación sexual", por supuesto que la distribución indiscriminada incluye a menores de edad sin consulta con sus padres.

No contenta con su anticonstitucional pretensión de reinterpretar el Código Penal para liberalizar el aborto quirúrgico, lo que pretende Milesi es extender el uso del método abortivo llamado “anticoncepción de emergencia”, banalizando aún más el crimen del aborto, (vid. Notivida 296, 300)

Recordamos que la llamada anticoncepción de emergencia, cuyo fin es impedir la anidación del óvulo fecundado en el útero materno, se puede realizar con la llamada píldora del día después, o la inserción del DIU o con la toma de altas dosis de anticonceptivos hormonales de toma diaria.

La Comisión de Asuntos Sociales de la Legislatura de Río Negro que dio dictamen favorable por unanimidad al proyecto la componen los legisladores: Alfredo LASSALLE (UCR); Esther ACUÑA (PJ); Delia DIETERLE (UCR); Jorge SANTIAGO (UCR), Graciela GONZALEZ (UCR), Daniel SARTOR (UCR), Susana HOLGADO (UCR), Carlos PERALTA (P.J), Alcides PINAZO (Peronista-17 DE NOV.), Luis DI GIACONOMO (Encuentro), María Marta ARRIAGA (Encuentro).

Los legisladores rionegrinos han convertido a su provincia en un enclave de la cultura de la muerte, entre las leyes que atentan contra el orden natural podemos enumerar: Ley 3059, Salud reproductiva y sexualidad humana; Ley 3450, Contracepción quirúrgica (ligadura de trompas); Ley 3055, Derecho a la orientación sexual; Ley 3099, Investigación Bioética; Ley 3736, Convivencia Homosexual. FIN

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NOTIVIDA, Año V, nº 303, 02 de agosto de 2005

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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