NOTIVIDA,
Año V, nº 303, 02
de agosto 2005 Río Negro,
Argentina OTRO PROYECTO ANTIVIDA DE LA DIPUTADA MILESIEl 20 de julio pasado la Comisión de
Asuntos Sociales de la Legislatura de Río Negro dio dictamen favorable a otro
proyecto antivida de la legisladora radical Marta Milesi, esta vez se trata del
proyecto de ley de “Anticoncepción de Emergencia”. Según la misma Milesi se trata de "un
proyecto inédito, que no tiene antecedentes en la Argentina", que se refiere a
la utilización de la "anticoncepción de emergencia"; ”lo que proponemos –dijo
Milesi- es que los hospitales
públicos y la obra social provincial puedan aplicar, a las mujeres que lo
requieran, esta anticoncepción de emergencia que debe ser tomada dentro de los
primeros cinco días posteriores a la relación sexual", por supuesto que la
distribución indiscriminada incluye a menores de edad sin consulta con sus
padres. No contenta con su anticonstitucional
pretensión de reinterpretar el Código Penal para liberalizar el aborto
quirúrgico, lo que pretende Milesi es extender el uso del método abortivo
llamado “anticoncepción de emergencia”, banalizando aún más el crimen del
aborto, (vid. Notivida
296, 300) Recordamos que la llamada anticoncepción
de emergencia, cuyo fin es impedir la anidación del óvulo fecundado en el útero
materno, se puede realizar con la llamada píldora del día después, o la
inserción del DIU o con la toma de altas dosis de anticonceptivos hormonales de
toma diaria. La Comisión de Asuntos Sociales de la
Legislatura de Río Negro que dio dictamen favorable por unanimidad al proyecto
la componen los legisladores: Alfredo LASSALLE (UCR); Esther ACUÑA (PJ); Delia
DIETERLE (UCR); Jorge SANTIAGO (UCR), Graciela GONZALEZ (UCR), Daniel SARTOR
(UCR), Susana HOLGADO (UCR), Carlos PERALTA (P.J), Alcides PINAZO (Peronista-17
DE NOV.), Luis DI GIACONOMO (Encuentro), María Marta ARRIAGA
(Encuentro). Los
legisladores rionegrinos han convertido a su provincia en un enclave de la
cultura de la muerte, entre las leyes que atentan contra el orden natural
podemos enumerar: Ley 3059, Salud reproductiva y sexualidad humana; Ley 3450,
Contracepción quirúrgica (ligadura de trompas); Ley 3055, Derecho a la
orientación sexual; Ley 3099, Investigación Bioética; Ley 3736, Convivencia
Homosexual. FIN ____________________________________ NOTIVIDA, Año V, nº 303,
02 de agosto de 2005 Editores: Pbro. Dr. Juan C.
Sanahuja y Lic. Mónica del
Río Página web http://www.notivida.org Email notivida@notivida.com.ar Para suscribirse al
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