NOTIVIDA, Año III, nº 174, 2 de octubre de 2003

PROYECTOS PARLAMENTARIOS DE LA DIPUTADA LUBERTINO

María José Lubertino reemplazó, en la Cámara de Diputados de la Nación, a partir de junio de este año, al fallecido Alfredo Bravo.

En sólo tres meses la tenaz diputada ha presentado varios proyectos que atentan contra la vida y la familia. Mencionamos a continuación algunos:

Exp Nº 3149-D-03, proyecto de resolución

Expresión de rechazo al veto parcial a la Ley de salud reproductiva de la provincia de Buenos Aires, porque excluyó a las escuelas de gestión privada del dictado obligatorio de educación sexual.

Exp Nº 3175-D-03, proyecto de ley

Modificación a la ley 20744, de contrato de trabajo, definiendo el régimen de acoso sexual.

Cofirmantes: Ariel Basteiro (PS,Bs.As.), Héctor Polino (PS,Cap.Fed.), María Elena Barbagelata (PS,Cap.Fed.), Margarita Jarque (Frente Grande,Bs.As.), Alicia Tazzioli (Frente Grande,Cba.), Lucrecia Monteagudo (PI,Bs.As.); Lila Puig de Stubrin (Alianza,Sta.Fe), José Roselli (Autodeterminación y Libertad, Cap.Fed.), Araceli Méndez de Ferreyra (Frepaso,Corrientes), Marcela Bordenave (Frepaso,Bs.As.), Patricia Walsh (Izquierda Unida,Cap.Fed.)

El proyecto define al acoso sexual como “todo acto, comentario reiterado o conducta con connotación sexual o sexista u homofóbica no consentida por quien la recibe y que perjudique su cumplimiento o desempeño laboral, educativo, político, sindical, institucional y/o su bienestar personal”. Configura también acoso sexual “todo acto de naturaleza sexual, sexista u homofóbica, que sin estar dirigido a una persona en particular, cree un clima de intimidación, humillación u hostilidad”. Acto, conducta o comentario homofóbico es aquel cuyo “contenido implica rechazo o discriminación de la persona en razón de su orientación o identidad sexual”.

Recordemos que en 1998, cuando se modificó la Ley de Contrato de Trabajo, aumentando los montos indemnizatorios si el despido del trabajador se produjo por discriminación, el entonces presidente Menem vetó parcialmente la ley, eliminando la discriminación por “orientación sexual".

Exp Nº 3608-D-03, proyecto de ley

Modificación del articulo 1º de la ley 23592, antidiscriminatoria, sobre actos u omisiones discriminatorias que tienden a la segregación.

Cofirmantes: Oscar González (PS,Bs.As.), Héctor Polino (PS,Cap.Fed.), Rubén Giustiniani (PS,Sta.Fe), María Elena Barbagelata (PS,Cap.Fed.), José Roselli (Autodeterminación y Libertad,Cap.Fed.), Margarita Jarque (Frente Grande,Bs.As.); Alicia Tazzioli (Frente Grande,Cba.), Irma Roy (Nvo.País,Cap.Fed.); Lila Puig de Stubrin (Alianza,Sta.Fe), Marcela Bordenave (Frepaso,Bs.As.), Patricia Walsh (Izquierda Unida,Cap.Fed.)

El artículo 1º de la ley 23592, actualmente menciona las discriminaciones que violan “los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional”. El proyecto incorpora, de modo expreso, la discriminación por orientación o preferencia sexual y por identidad o expresión de género, considerando actos u omisiones discriminatorias que tienden a la segregación a los que “impliquen distinción, exclusión, restricción o menoscabo”. Sería el único tipo de “discriminación” particularmente mencionado.

Cabe destacar que el proyecto responde a un viejo reclamo que la Comunidad Homosexual Argentina –CHA- llevara a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de diputados.

Exp Nº 3796-D-03, proyecto de ley

Programa Nacional de Educación para la Salud Sexual y Reproductiva.

Cofirmantes: Jorge Rivas (PS,Bs.As.), Irma Foresi (PJ,Sta.Fe), Aldo Neri (UCR,Cap.Fed.), María Elena Barbagelata (PS,Cap.Fed.), Lila Puig de Stubrin (Alianza,Sta.Fe), Ariel Basteiro (PS,Bs.As.), Marta Di Leo (UCR,Bs.As.), Irma Parentella (Frente Grande,Cap.Fed.), Griselda Herrera (PJ,La Rioja), María del Carmen Rico (PJ,Bs.As.), Eduardo Macaluse (ARI,Bs.As.), Fernando Melillo (Frente Grande,Cap.Fed.) y Hugo Storero (Alianza,Sta.Fe)

El proyecto prevé contenidos como: orientación sexual e identidad de género, derechos sexuales y reproductivos, salud sexual y reproductiva. Los padres no podrán exceptuar a sus hijos de estas clases, que deberán dictarse en todos los colegios, sean éstos de gestión pública o privada.

Exp Nº 4106-D-03, proyecto de ley

Regula la atención sanitaria de “embarazos incompatibles con la vida extrauterina”.

Cofirmantes: Margarita Jarque (Frente Grande,Bs.As.); Patricia Walsh (Izquierda Unida,Cap.Fed.), María Elena Barbagelata (PS,Cap.Fed.), Rubén Giustiniani (PS, Sta.Fe), Jorge Rivas (PS,Bs.As.), Marcela Bordenave (Frepaso,Bs.As.), Enrique Tanoni (PJ,Salta); Eduardo García (PS,Córdoba); Lila Puig de Stubrin (Alianza,Sta.Fe), Ariel Basteiro (PS,Bs.As.) y María Nilda Sodá (UCR,Misiones)

Legaliza el aborto en casos de anencefalia u otras patologías incompatibles con la vida extrauterina.

Agreguemos finalmente que, por diversos medios, la diputada Lubertino ha anunciado que presentará un proyecto de ley que regula la atención sanitaria en casos de aborto no punible.

Según lo anticipado, el proyecto intenta manipular ideológicamente el art. 86 del Cód. Penal.

El art 86 inc. 1º del Código Penal no penaliza el aborto “si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios”. El proyecto interpreta que el peligro para la vida de la mujer puede ser físico, psíquico y/o social, por lo que el aborto podría ser indicado por un profesional distinto del médico. Presume, además, la existencia de peligro para la salud psíquica en casos de violación por lo que legaliza el aborto en esos casos, en forma automática y sin más justificativos. FIN

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NOTIVIDA, Año III, nº 174, 2 de octubre de 2003

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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