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NOTIVIDAAño XXII, Nº 1297, 22 de julio de 2022

INSTAN A SUSCRIBIR UN TRATADO INTERNACIONAL CONTRARIO AL ORDEN NATURAL

Nota de la redacción: a posteriori de esta edición la diputada Virginia Cornejo retiró el expte. del que dimos cuenta.

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Diputados de Juntos por el Cambio instan al Ejecutivo a suscribir y ratificar la “Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes” (CIDJ) adoptada el 11 de octubre del 2005 en la ciudad española de Badajoz -en el marco de la Organización Iberoamericana de la Juventud-, y su “Protocolo Adicional”, firmado el 25 de octubre de 2016 en Cartagena de Indias, Colombia.

La “Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes” (CIDJ), junto a su Protocolo Adicional, constituyen el “Tratado Internacional de Derechos de la Juventud” (TIDJ), un Tratado que hasta el momento sólo ha ratificado Ecuador, durante el gobierno de Lenín Moreno.

El proyecto de declaración (expte. 3659/2022) que insta a suscribir y ratificar el TIDJ, fue presentado por la diputada Virginia Cornejo (PRO, Salta).

La CIDJ, en su artículo 5° establece el principio de no discriminación basado en la “orientación sexual”, entre otras categorías y en el art. 6° garantiza el “derecho a la igualdad de género”.

El art. 14 reconoce el “derecho” a la “propia identidad, consistente en la formación de su personalidad, en atención a sus especificidades y características de sexo”, entre ellas, la “orientación sexual”.

El art. 23 garantiza el “derecho a la educación sexual” en todos los niveles educativos y el art. 25 el “derecho” de los jóvenes a la “confidencialidad” “en lo relativo a su salud sexual y reproductiva”.

La adopción de la Convención por parte de los gobiernos iberoamericanos en 2005, fue alentada por un “auge neomarxista –‘progresista’-, que tiene en común con la derecha políticamente correcta su pansexualismo” (Noticias Globales 740, 7/10/2005).

En el año 2008, cuando este tratado entró en vigor, el P. Juan Claudio Sanahuja, escribía: “Esta Convención es un instrumento más de la reingeniería social anticristiana apadrinado desde su gestación principalmente por el Fondo para la Población de las Naciones Unidas (FNUAP-UNFPA) y por el Partido Socialista español (PSOE). Entre los supuestos derechos que “consagra” el documento aparecen: salud sexual y reproductiva (aborto encubierto), orientación sexual (homosexualidad), perspectiva de géneroeducación sexualconfidencialidad en temas de sexualidad (abolición de la patria potestad en cuestiones que se refieren a la sexualidad de los menores), etc”. (Noticias Globales 897, 4/06/2008).

Esas advertencias -hechas antes incluso de que la CIDJ fuera adoptada- quedaron explicitadas a fines del 2016 con el “Protocolo Adicional”, que “actualiza” la Convención, “ampliando” y “especificando” los “derechos” reconocidos en ella. Por ejemplo, el art.3 del Protocolo puntualiza:

1. Las personas jóvenes tienen derecho a elegir y expresar libremente su orientación sexual e identidad de género.

2. Los Estados Parte se comprometen a prevenir y sancionar todas las formas de discriminación contra las personas jóvenes por motivos de orientación y/o identidad de género

3. Los Estados Parte se comprometen a fomentar programas de educación y concientización para las personas jóvenes en cuestión de orientación sexual e identidad de género.

Si bien Argentina tiene leyes que contemplan la “orientación sexual” y la “Identidad de género”, no ha suscripto hasta el presente ningún tratado internacional que las incluya y sería grave que lo haga, ya que, a partir de la reforma de 1994, la Constitución Nacional le reconoce a los tratados una jerarquía superior a la de las leyes (art. 75 inc 22). 

Sorprende que Virginia Cornejo remate los fundamentos generalizando: “los Diputados de Juntos por el Cambio, consideramos útil y necesario en extremo, que a los efectos prácticos el presente proyecto sea suscripto a la brevedad”, cuando su espacio político se negó a firmar el Tratado porque, “tanto a nivel universal como regional, ya existen normas que protegen los derechos de estas personas”. Según consta en la nota que la Cancillería -que por entonces encabezaba Jorge Faurie- elevó al Congreso (PE387/19) en respuesta a un Pedido de Informe presentado por la Senadora kirchnerista Eugenia Catalfamo (S-2581/18).

Entre los motivos por los que el Gobierno de Cambiemos no iba a suscribir el TIDJ, la Cancillería apuntaba: “La posición tradicional de nuestro país en la materia ha sido la de evitar desagregar y/o reglamentar el contenido de las normas de derechos humanos universalmente reconocidas a través de nuevos instrumentos internacionales”.

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NOTIVIDA, Año XXII, Nº 1297, 22 de julio de 2022

Editora: Lic. Mónica del Río

Página web: www.notivida.org

Email: notivida@hotmail.com

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