NOTIVIDA, Año I, nº 56, Buenos Aires, 07-11-01

Vicente López, Argentina:

CIENTOS DE CIUDADANOS PIDEN LA DEROGACIÓN DE LA ORDENANZA DE SALUD REPRODUCTIVA

Hoy fue presentado ante el Concejo Deliberante de la Ciudad de Vicente López un proyecto de derogación de la Ordenanza Municipal nº 14.843 por la que se creó el programa municipal de salud sexual. El proyecto lleva la firma de más de 800 vecinos de ese municipio.

Los ciudadanos de Vicente López piden la derogación de la Ordenanza Municipal en virtud de que ésta viola la ley 23.849 que, al aprobar la Convención de los Derechos del Niño, introdujo una importante reserva a la misma: "considerando que las cuestiones vinculadas con la planificación familiar atañen a los padres de manera indelegable de acuerdo a principios éticos y morales, interpreta que es obligación de los Estados, en el marco de este artículo, adoptar las medidas apropiadas para la orientación a los padres y la educación para la paternidad responsable".

Además, dice el proyecto de derogación, la ordenanza viola también el artículo 17.1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos; el artículo 18, inciso 4, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el artículo 26, inciso 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; el artículo 75, inciso 19 de la Constitución Nacional; el art. 36 inc. 1 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; y los artículos 264 y 265 del Código Civil.

Cabe recordar que las nueve familias que el 19 de marzo pasado se presentaran ante la justicia de San Isidro, demandando a la Municipalidad de Vicente López por la Ordenanza de Salud Reproductiva, obtuvieron finalmente fallo favorable. A ninguno de sus hijos menores de edad podrá aplicársele la norma.

El 27 de septiembre el Tribunal de Instancia Única del Fuero de Familia nº 2 de San Isidro, integrado por los jueces María Julia Abad, Gustavo Halbide y Carlos A. Ruiz, hizo lugar al primero de los amparos beneficiando a cuatro familias. (vid. NOTIVIDA, 03-10-01).

El 12 de octubre, el mismo Tribunal, dictó sentencia en el recurso de amparo presentado esta vez por cinco familias, en contra de la Ordenanza Municipal nº 14.843, que crea el programa municipal de salud sexual y reproductiva. Los magistrados votantes en esta oportunidad fueron: Dra. Lidia Fasano, Dr. Gustavo Halbide y Dr. Carlos A. Ruiz.

Con estas dos sentencias, por primera vez en Argentina las instancias judiciales han dejado claro que "todas las acciones que quiera emprender el Estado en relación a la llamada salud reproductiva de los hijos menores de 18 años, sin el consentimiento paterno devienen ilegítimas." FIN.

(Agradecemos su difusión)

Mónica del Río: 15-4-4184640

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NOTIVIDA, Año I, nº 56, Buenos Aires, 07-11-01

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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