NOTIVIDA,
Año X, Nº
667, 8 de marzo de 2010 Buenos Aires,
Argentina DECLARARON NULO EL
GAYMONIO El Juzgado nacional de
Primera Instancia en lo Civil de la Capital Federal nro. En razón
de la demanda iniciada por el abogado Ernesto Ricardo Lamuedra en la causa nro.
12.273/2010, el juez de Igarzábal resolvió
declarar “la inexistencia del matrimonio por ausencia de los elementos
estructurales de la institución”, en este caso la diversidad de sexos.
Y ante la
inexistencia del matrimonio celebrado que no produce efecto jurídico alguno,
procedió a decretar la nulidad absoluta del acto llevado a cabo el 3 del
corriente. Como medida cautelar,
de Igarzábal hizo saber al Director del
Registro Civil que quedan suspendidos los efectos jurídicos derivados del acto
celebrado y ordenó asentar nota marginal en el acta
respectiva. Asimismo, suspendió los actos administrativos pendientes como ser:
entrega de partidas o testimonios. Y le ordenó a Bernath y Salazar hasta tanto
quede firme lo resuelto restituir dentro del plazo de setenta y dos horas al
Registro Civil la libreta, partida y documentación que da cuenta del acto
celebrado en dicho organismo el día 3 de marzo de 2010, bajo apercibimiento de $
1.000 por cada día de demora. _________________________________________ NOTIVIDA, Año X, Nº 667, 8
de marzo de 2010 Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro.
Dr. Juan C. Sanahuja Página web: http://www.notivida.org Email:
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