NOTIVIDA, Año VI, nº 408, 28 de noviembre de 2006 

CEDAW: ABOGADOS CATÓLICOS PIDEN EL VETO

La Corporación de Abogados Católicos le solicitó el Poder Ejecutivo nacional el veto total o parcial de la ley que aprobó el “Protocolo facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas formas de discriminación contra la mujer” (CEDAW).

La nota dirigida en el día de la fecha al presidente Kirchner, intenta salvaguardar el más elemental de los derechos humanos, “el derecho a la vida de los más pequeños, los más frágiles, los que son acreedores a mayor protección”. Afirman entre otras cosas los abogados católicos: “El Protocolo Facultativo constituye, a través del desempeño de su Comité, un verdadero “Caballo de Troya” con el que se pretende introducir en forma subrepticia el aborto voluntario”.

A continuación el texto completo de la misiva:

                                                Buenos Aires, noviembre  28 de 2006

Señor Presidente de la Nación

Doctor Néstor Kirchner

S/D

            Nos dirigimos a V.E., en ejercicio del derecho de peticionar acordado por el art. 14 de la Constitución Nacional, a fin de solicitar el veto total o parcial de la ley del Congreso que aprobó el “Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas formas de discriminación contra la mujer”.

            La manera extremadamente acelerada como fue aprobado en la Cámara de Diputados dicho Protocolo Facultativo y la importancia  de las objeciones jurídicas y morales opuestas por instituciones responsables a esa homologación, nos mueven a pedir a V.E.  el mencionado veto.

            Es conveniente facilitar un amplio debate sobre la actuación cumplida por el “Comité para la eliminación de la Discriminación de la Mujer” desde que se constituyera con arreglo a la normativa del  Protocolo Facultativo. En ese lapso el objetivo de ese organismo ha sido imponer, a través de sus dictámenes,  la legalización del aborto a países como el Paraguay, Azerbaiján, Croacia, Zimbabwe, Panamá, Luxemburgo, México, República Dominicana y Etiopía. No menos subversivos del orden natural son los dictámenes expedidos para diversos países sobre la familia y la educación.

            La República Argentina tiene normas de jerarquía constitucional cuya supremacía no puede ser cuestionada en tanto no sean expresamente derogadas o denunciadas. Entre esas normas figuran la Convención Sobre Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en las que se proclama la intangibilidad, desde la concepción,  de la vida inocente.

            El Protocolo Facultativo constituye, a través del desempeño de su Comité, un verdadero “Caballo de Troya” con el que se pretende introducir en forma subrepticia el aborto voluntario, como si fuera un derecho de la mujer, olvidando y menospreciando el derecho que a vivir y a nacer tiene todo niño desde el instante de su concepción.

            Señor Presidente: a lo largo de sus disertaciones ha puesto V.E. especial énfasis en la preservación de los derechos humanos. Esta presentación está inspirada,  precisamente, en la necesidad de salvaguardar el elemental derecho a la vida de los más pequeños, los más frágiles, los que son acreedores a mayor protección.

             Para el caso que V.E. no considere oportuno vetar la totalidad de la ley que homologó el “Protocolo Facultativo”, proponemos respetuosamente que se la vete parcialmente en cuanto reconoce la competencia del Comité establecida en los arts. 8 y 9, tal como lo autoriza expresamente el artículo 10 del mismo ordenamiento.

            Ese veto parcial permitiría la sustanciación de un debate público en el que se podrá examinar si la gestión del referido Comité es compatible con la vigencia en nuestro país de normas de jerarquía constitucional que de manera absoluta protegen la intangibilidad de la vida inocente.

Saludamos al Señor Presidente muy atentamente.

Alberto E. Solanet, Presidente

Juan Manuel Medrano, Secretario                                                                  

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NOTIVIDA, Año VI, nº 408, 28 de noviembre de 2006

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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