NOTIVIDA, Año V, nº 289, 02 de mayo de 2005

Córdoba, Argentina

AVANZAN LAS UNIONES HOMOSEXUALES

La Legislatura Unicameral de Córdoba estudia tres proyectos de ley que tienen por objeto reconocer legalmente a las uniones homosexuales

El proyecto de ley aprobado el 21 de abril pasado por la Cámara de Diputados de España, que modifica el Código Civil para extender el “derecho” a contraer matrimonio a las parejas del mismo sexo, dio nuevos bríos a los proyectos parlamentarios que garantizan las uniones homosexuales en nuestro país.

El primer distrito federal de Sudamérica que reconoció legalmente las uniones homosexuales fue la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de la Ley 1004, de Uniones Civiles, sancionada el 12 de diciembre de 2002. El segundo fue Río Negro, que sancionó la Ley Provincial 3.736 el 10 de abril de 2003. La norma rionegrina autorizó a las parejas del mismo sexo a firmar una declaración jurada ante el juez de paz para certificar su convivencia, lo que les permite acceder a beneficios sociales. A diferencia de la ley porteña, esta ley no alcanza a las parejas heterosexuales ni crea un registro. 

Se estudian ahora en Córdoba tres proyectos de ley similares al que rige actualmente en la Ciudad de Buenos Aires, crearían un Registro Público de Uniones Civiles y otorgarían derecho a pensiones, acceso a planes sociales y de vivienda, obra social, créditos, etc. La intención última, tal como ha manifestado la Comunidad Homosexual Argentina –CHA-, es la modificación de la ley de matrimonio civil, pero esto no puede intentarse desde las provincias; por eso la legisladora cordobesa Mónica Gutiérrez, autora de uno de los proyectos, declaró: ”en nuestro país el matrimonio –y por ende los derechos y obligaciones que de él emanan– son materia de legislación de fondo, esto es, facultad del Congreso Nacional. Pero significa, del mismo modo que ocurrió en las regiones españolas de Cataluña y Aragón en 1998 y 1999, un avance importante en el reconocimiento social de estas uniones” (La voz del Interior, 2/05/2005).

Los proyectos cordobeses

Ø     El expediente 6919/05, en estudio en la Comisión de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos; lleva las firmas de las legisladoras Liliana Olivero (Izquierda Unida) y Zulema Hernández (Partido Nuevo). De sancionarse, podrán contraer unión civil, con independencia de su sexo u orientación sexual, quienes hayan convivido por espacio de dos años (art. 1º), lo acrediten con dos testigos (art. 4º) y hayan residido en Córdoba los 2 años anteriores a la unión (art. 2º). Los unientes recibirán un tratamiento similar al de los cónyuges dentro de la competencia provincial (art. 5º).

Ø     El expediente 6920/05, en estudio en la misma comisión, fue presentado por Isabel Bianciotti (UCR). Parecido al anterior especifica además, que los unientes gozarán de los siguientes derechos: a) a pensión, b) a inclusión como afiliado obligatorio familiar al Instituto Provincial de Atención Médica, si constituye una unión civil con un afiliado y depende económicamente de él, c) a todos los derechos otorgados al empleado público provincial, tales como las licencias especiales por cuidado de familiar o cónyuge enfermo y la concesión de traslados por necesidades del grupo familiar, d) a ser considerado por los planes de fomento de vivienda (art. 10º).

Ø     El expediente 6943/05, en estudio en la Comisión de Solidaridad, está firmado por Mónica Gutiérrez, Ricardo Fonseca, Eduardo Fernández y Jorge Anselmo Valinotto; los 4 legisladores del Partido Nuevo. Similar a los anteriores, exige tres años de convivencia y tres de residencia en Córdoba, en lugar de dos (art. 2º),

Señalemos una vez más que en el caso de los homosexuales no existen los hijos, el bien por el que se protege jurídicamente al matrimonio -el Estado vela por los futuros ciudadanos-, ¿qué los hace entonces acreedores de especiales derechos y beneficios con respecto a otro tipo de sociedades?. No reconocer jurídicamente a las parejas homosexuales no entraña una discriminación injusta –responde a la ley natural- su legalización además de producir graves injusticias, menoscaba a la familia que pierde, cuando menos, su identidad.

Recordamos que: “Si todos los fieles están obligados a oponerse al reconocimiento legal de las uniones homosexuales, los políticos católicos lo están en modo especial, según la responsabilidad que les es propia. Ante proyectos de ley a favor de las uniones homosexuales se deben tener en cuenta las siguientes indicaciones éticas. En el caso de que en una Asamblea legislativa se proponga por primera vez un proyecto de ley a favor de la legalización de las uniones homosexuales, el parlamentario católico tiene el deber moral de expresar clara y públicamente su desacuerdo y votar contra el proyecto de ley. Conceder el sufragio del propio voto a un texto legislativo tan nocivo del bien común de la sociedad es un acto gravemente inmoral”. (Consideraciones acerca del proyecto de reconocimiento legal de la unión de personas de un mismo sexo, n. 10, Congregación para la Doctrina de la Fe, 03-06-2003). FIN

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NOTIVIDA, Año V, nº 289, 02 de mayo de 2005

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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