NOTIVIDA,, Año IV, nº 213, 30 de marzo de
2004
La Plata,
Argentina UNIVERSIDAD CATÓLICA
IMPUGNA A ELENA HIGHTON DE NOLASCO Con la firma del Ing. Ricardo Manuel de la Torre en su carácter de Rector y los Dres. Marta Montalto de Huergo, Decana de la Facultad de Derecho, y Juan Carlos Caprile, Director del Instituto de Bioética, de la Universidad Católica de La Plata, dicha institución ha impugnado la postulación de la Dra. Elena Highton de Nolasco para ocupar un cargo en la Corte Suprema de Justicia. La institución académica explica en el
escrito que “cumple su deber de formular un severo análisis y una clara
advertencia acerca de la idoneidad de la Dra. Elena Inés Highton de Nolasco para
el cargo de Ministro del Superior Tribunal de Justicia, a la luz de sus ideas y
concepciones publicadas sobre ‘la salud, la vida y la muerte’”, en el trabajo
“La Salud, La Vida y La Muerte”, aparecido en la Revista de Derecho Privado y
Comunitario (Santa Fe, 1993). Según la Universidad Católica los conceptos allí
vertidos atacan “el plexo de derechos, el sistema de valores y los principios
emanados de la Constitución Nacional y de los tratados internacionales que ha
incorporado, y traicionan la sumisión debida por los magistrados a ordenamiento
jurídico al que deben servir y a los derechos humanos cuya custodia deben
garantizar”. Sigue diciendo el escrito, “el panorama
que traza la postulada en la publicación referida -al analizar los distintos
supuestos limitativos de la defensa de la vida humana-, llega a configurar una
verdadera ‘apología del delito’, una ‘cultura de la muerte’, una ‘conjura contra
la vida’ e incluso la ‘libertad de los fuertes contra los más débiles e
indefensos’, todas promocionadas bajo el ropaje del ‘derecho a si mismo’ o
‘reivindicación de la libertad’ por sobre todo otro derecho. Olvidando las
raíces histórico culturales argentinas, la casi unánime confesionalidad de
nuestra población, y los valores morales a que irrestrictamente adhieren todos
los habitantes de nuestra República, con citas y precedentes del derecho
norteamericano, postula la autora un ‘alarmante aniquilamiento’ de nuestras más
sólidas instituciones y creencias, todas plasmadas en las constituciones
Nacional y provinciales y en la legislación positiva (Derecho Civil, Derecho
Penal, Tratados Internacionales, entre otros) a la que cita en su trabajo como
mera nota de referencia (pie de página) y peyorativamente califica de
‘paternalista’ como lesiva de la libertad, libertad que propicia como no
subordinada a ley u orden alguno. A partir del progreso científico y tecnológico
en el campo de la medicina y la genética, la autora abre nuevas perspectivas que
concluyen por avalar todas las formas de intervención humana sobre la
procreación y la vida, desde el aborto voluntario, anticonceptivo y eugenésico
hasta la eutanasia, con prescindencia de su condición de magistrado y de la
letra y el espíritu del plexo normativo nacional”. “Con estas postulaciones la vida y la
muerte quedarán sometidas a la decisión del hombre, que de este modo terminará
por constituirse en dador de vida y de muerte por encargo. Esta dinámica de la
violencia, esta mentalidad abortista y propiciatoria incluso del ‘derecho a no
nacer’ lleva, se desee o no, al dominio del hombre sobre la vida y muerte de sus
semejantes, que conducirá a un eugenismo radical y al quebrantamiento de la paz
social”. “El alarmante panorama que propicia la autora en la publicación, basada en las nuevas perspectivas abiertas por el progreso científico y tecnológico en medicina, biología y genética, proclama otras tantas formas de agredir la dignidad del ser humano confiriendo a los atentados contra la vida un aspecto aún más inicuo y alarmante (derecho a no nacer) en nombre de los derechos a la libertad individual y sobre este presupuesto pretende la impunidad (derecho de la mujer a su propio cuerpo – derecho a no nacer – eutanasia); pretende transformar los que siempre fueron delitos –homicidio- en verdaderos derechos. (...) Cabe pues preguntar ¿Qué sucede con los tan mentados ‘derechos humanos’?”. Transformación de los delitos en
derechos. La Universidad Católica afirma que la
postura de la Dra. Highton tiene su origen en “una concepción falaz de la
democracia y la postulación de una libertad sin responsabilidad”, que razona de
un modo que convierte en derechos a los que en el orden natural y en nuestro
derecho positivo son delitos (eutanasia-aborto). Además, afirma el escrito, “el desprecio
que manifiesta por la legislación que nos rige a la que califica de
‘paternalista’ augura en el ejercicio de su función judicial en la Corte, un
palmario apartamiento y una abierta confrontación con el ordenamiento jurídico
vigente, sus valores y principios”. Por esto dice la Universidad Católica,
“puede pues configurar un supuesto de gravedad institucional extrema la
incorporación de la Dra. Highton de Nolasco a la Corte Suprema Nacional con
plena conciencia de su desprecio y manifiesta oposición al plexo normativo de
derechos y garantías vigentes en resguardo del valor vida desde su concepción
hasta la muerte y de la incriminación como delitos contra la vida de las formas
quirúrgicas y químicas de interrupción voluntaria de la gestación o de la vida
en su estadio terminal”. Para concluir que la una única respuesta posible a la
postulación realizada es “la incompatibilidad absoluta y la manifiesta falta de
idoneidad de la Dra. Elena Inés Highton de Nolasco para ingresar como Ministro
al Tribunal” Lesión a los valores y creencias
sociales
Finaliza la impugnación diciendo, “ninguna duda puede merecer que las
opiniones publicadas en sus trabajos por la Dra. Highton agravian directa y
irreparablemente a ese sistema social de valores y a las creencias de toda la
comunidad argentina. También la religión es un factor poderoso en la vida social
nacional, con nítida influencia en sus manifestaciones culturales, jurídicas y
políticas. Sería necio y agraviante dar la espalda a las raíces cristianas del
humanismo personalista y de la doctrina de los derechos humanos, de que somos
herederos. Más allá de toda polémica, el aporte de la Patrística, del tomismo y
de la neoescolástica española no puede dejar de computarse como aporte a la
doctrina contemporánea de los derechos humanos. Por tanto, la postulación
resulta poco alentadora, ya que en esta hora histórica en la que la Nación
necesita emerger de tantos desencuentros e inestabilidades políticas, económicas
y sociales, entendemos que resulta inadecuado que contando nuestro foro con
tantos juristas de prestigio, se convoque a una personalidad conflictiva, que
sume más disensos y contradicciones a las ya existentes”. FIN. ______________________________________ NOTIVIDA, Año IV,
nº 213, 30 de marzo de 2004 Editores:
P. Juan C. Sanahuja y Mónica del Río Página web
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