NOTIVIDA, Año III, nº 188, 24 de noviembre de 2003

Buenos Aires, Argentina

LA FAMILIA Y LA VIDA HUMANA GRAVEMENTE AMENAZADAS (I)

El Gobierno Nacional le pidió al Senado que trate sobre tablas el Proyecto de Ley de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (Exp. 0121-CD-01). Tal como hemos advertido reiteradamente, este proyecto sovietiza la familia, invirtiendo los roles naturales de la familia y el Estado. Conculca la patria potestad garantizando el acceso a los servicios de salud reproductiva desde los 12 años. Y desconoce -cediendo a las presiones de la ONU- las reservas formuladas por nuestro país, a la Convención de los Derechos del Niño; lo que además de violar la Constitución Nacional, constituye una entrega servil de la Soberanía Nacional. (Vid. Notivida 69, 72, 74, 84, 85, 107, 110, 111, 112, 118 y 129).

El objeto del proyecto es "garantizar a los niño/as y adolescentes el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías". En la enumeración de estos derechos se incluyen seudo-derechos que sólo buscan quebrar el principio de autoridad y corromper a los niños. Para que esto se cumpla, el Estado podrá tomar medidas de "cualquier índole"; mientras que los padres sólo tendrán la “responsabilidad” y “obligación” de asegurar el cumplimiento de las directivas estatales. La indelegable responsabilidad de los padres y sus derechos, desaparecen. De sancionarse este proyecto, el Estado se hará cargo de los niños y adolescentes, y la familia quedará subordinada al Estado.

El proyecto le asegura a los adolescentes -que define entre los doce y dieciocho años- la “confidencialidad” en los servicios de salud sexual y reproductiva; y les garantiza que los podrán “solicitar y recibir por sí mismos”.

Este proyecto cuenta con la media sanción de la Cámara de diputados y de no ser tratado por el Senado perdería el estado parlamentario. Por tal motivo, el 20 de noviembre, aniversario de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, el Procurador General de la Nación, Dr. Nicolás Becerra, envió una carta a Daniel Scioli, presidente del Senado, solicitando que disponga el tratamiento sobre tablas del proyecto.

El trámite de este proyecto ha sufrido toda suerte de irregularidades. Diputados lo aprobó sobre tablas en la última sesión del 2001, camuflado entre cientos de proyectos. El Senado no está en condiciones aún de tratarlo, porque no cuenta con el dictamen de las comisiones.

Estuvo a punto de ser sancionado el año pasado, también durante las últimas sesiones del Senado. En esa oportunidad, el dictamen se había elaborado recogiendo firmas en los despachos y sin respetar la precedencia de las comisiones. Puesta en evidencia la trampa, varios senadores retiraron su firma, el dictamen cayó y el proyecto no pudo ser aprobado durante las sesiones ordinarias. Respondiendo a la presión de los organismos internacionales, Duhalde intentó que se trate en las sesiones extraordinarias, pero los tiempos no lo permitieron. El Gobierno nacional, encabezado ahora por Kirchner, vuelve a la carga.

Siguiendo los dictámenes del ONU, Becerra en su carta sólo hace mención al texto original de la Convención, ignorando las declaraciones interpretativas que Argentina le realizó en salvaguarda de la vida humana y los derechos de los padres. Tras solicitar el tratamiento sobre tablas, dice Becerra:

“La razón de tal pedido radica en que, de no ser tratado en el Recinto, el proyecto caducará a fin del presente año.

“De suceder esto, Argentina habrá incumplido las obligaciones que contrajo en el año 1990 al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño, instrumento que en año 1994 nuestro país incorporó a la Constitución Nacional (art. 75 inc 22), con la máxima jerarquía existente en el ordenamiento jurídico interno.

“Desde entonces, nuestro país asumió el compromiso de garantizar el respeto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y de modificar las legislaciones y prácticas que no se adecuen a la Convención. Ello implica que cualquier sistema jurídico que se proponga como el Régimen de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, debe regirse estrictamente por los principios, directrices y derechos contenidos en la Convención.

“Sin embargo, las leyes que aún rigen en la materia resultan contrarias a la Convención de los Derechos del Niño y, por ende, se hallan lejos de satisfacer las garantías de las que son titulares niños, niñas y adolescentes, conforme a la normativa internacional de la que Argentina es signataria”. FIN

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NOTIVIDA, Año III, nº 188, 24 de noviembre de 2003

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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