"LA EUTANASIA"
100 cuestiones y
respuestas sobre la defensa de la vida humana
y la actitud de
los católicos
por la Comisión para
la Defensa de
la Vida, de
la
CEE
I. Terminología
(1-11)
II. El hombre, ante el dolor y la muerte
(12-20)
III. La medicina ante la eutanasia
(21-39)
IV. La sociedad ante la eutanasia
(40-57)
V. El Estado ante la eutanasia
(58-89)
VI. La Iglesia ante la eutanasia
(90-100)
I. TERMINOLOGÍA
1. ¿Qué es
la eutanasia?
La palabra
"eutanasia" a lo largo de los tiempos ha significado realidades muy diferentes.
Etimológicamente, eutanasia (del griego "eu", bien, "Thánatos", muerte) no
significa otra cosa que buena muerte, bien morir, sin más.
Sin embargo,
esta palabra ha adquirido desde antiguo otro sentido, algo más específico:
procurar la muerte sin dolor a quienes sufren. Pero todavía este sentido es muy
ambiguo, puesto que la eutanasia, así entendida, puede significar realidades no
sólo diferentes, sino opuestas profundamente entre sí, como el dar muerte al
recién nacido deficiente que se presume que habrá de llevar una vida disminuida,
la ayuda al suicida para que consume su propósito, la eliminación del anciano
que se presupone que no vive ya una vida digna, la abstención de persistir en
tratamientos dolorosos o inútiles para alargar una agonía sin esperanza humana
de curación del moribundo, etc.
2. ¿Qué
se entiende hoy por eutanasia?
Hoy, más
estrictamente, se entiende por eutanasia el llamado homicidio por compasión, es
decir, el causar la muerte de otro por piedad ante su sufrimiento o atendiendo a
su deseo de morir por las razones que fuere.
Sin embargo,
en el debate social acerca de la eutanasia, no siempre se toma esta palabra en
el mismo sentido, e incluso a veces se prefiere, según el momento, una u otra
acepción para defender tal o cual posición dialéctica. Esto produce con
frecuencia la esterilidad del debate y, sobre todo, grave confusión en el común
de las gentes.
3. ¿Es,
pues, especialmente importante el significado de las palabras en esta materia?
Es de
extrema importancia, porque, según la significación que se dé al término
eutanasia, su práctica puede aparecer ante las gente como un crimen inhumano o
como un acto de misericordiosa solidaridad. Estas diferencias tan enormes
obedecen con frecuencia a la distinta manera de entender la significación de la
palabra, es decir, la realidad que se quiere designar.
No se puede
ignorar, sin embargo, que en el debate público también se da no pocas veces, por
parte de los patrocinadores de la eutanasia, una cierta manipulación - querida o
no - de las palabras, cuyo resultado es presentar ante la opinión pública la
realidad de la eutanasia como algo más inocuo de lo que es (se dice "muerte
dulce", "muerte digna"), y propiciar así su aceptación social; como si no
existiera, o fuera secundario, el hecho central de que en la eutanasia un ser
humano da muerte a otro, consciente y deliberadamente, por muy presuntamente
nobles o altruistas que aparezcan las motivaciones que lo animen a ejecutar tal
acción y por poco llamativos que sean los medios que utilice para realizarla.
Todo esto no
quiere decir que el debate sobre la eutanasia dejaría de existir si todos
hablásemos de lo mismo y otorgásemos al término idéntico significado. El debate
también se produciría aun cuando por eutanasia todos entendiesen una sola cosa:
el causar la muerte de otro, con su consentimiento o no, para evitarle dolores
físicos o padecimientos de otro tipo, considerados insoportables.
Tomada la
eutanasia de esta manera, existen algunas personas y grupos partidarios de
legalizarla y de darle respetabilidad social, porque interpretan que la vida
humana no merece ser vivida más que en determinadas condiciones de plenitud,
frente a la convicción mayoritaria que considera, por el contrario, que la vida
humana es un bien superior y un derecho inalienable e indisponible, es decir,
que no puede estar al albur de la decisión de otros, ni de la de uno mismo.
4. ¿Qué
se va a entender por eutanasia en esta obra?
Llamaremos
eutanasia a la actuación cuyo objeto es causar muerte a un ser humano para
evitarle sufrimientos, bien a petición de éste, bien por considerar que su vida
carece de la calidad mínima para que merezca el calificativo de digna.
Así
considerada, la eutanasia es siempre una forma de homicidio, pues implica que un
hombre da muerte a otro, ya mediante un acto positivo, ya mediante la omisión de
la atención y cuidado.
5. ¿Por qué
se escoge esta definición?
Porque en
ella están los elementos esenciales que configuran un fenómeno complejo
como es la eutanasia:
Ø
la muerte ha de ser el
objetivo buscado, ha de estar en la intención de quien practica la eutanasia: no
es eutanasia, por tanto, el aplicar un tratamiento necesario para aliviar el
dolor, aunque acorte la expectativa de vida del paciente como efecto secundario
no querido, ni puede llamarse eutanasia al resultado de muerte por imprudencia o
accidente;
Ø
puede producirse por
acción (administrar sustancias tóxicas mortales) o por omisión (negarle la
asistencia médica debida); ha de buscarse la muerte de otro, no la propia. No
consideraremos el suicidio como forma peculiar o autónoma de eutanasia,
Los motivos
son un elemento sustancial para hablar de eutanasia con propiedad.
Ø
puede realizarse porque
la pide el que quiere morir. La ayuda o cooperación al suicidio sí la
consideramos una forma de eutanasia;
Ø
puede realizarse para
evitar sufrimientos, que pueden ser presentes o futuros, pero previsibles; o
bien porque se considere que la calidad de vida de la víctima no alcanzará o no
mantendrá un mínimo aceptable (deficiencias psíquicas o físicas graves,
enfermedades degradantes del organismo, ancianidad avanzada, etc.).
El
sentimiento subjetivo de estar eliminando el dolor o las deficiencias ajenas es
elemento necesario de la eutanasia; de lo contrario estaríamos ante otras formas
de homicidio.
6. ¿No es
muy estricto el significado de la eutanasia expuesto?
Más que
estricto quiere ser preciso, y eso por dos razones: primera, porque solo
acotando con precisión la realidad que se quiere designar será posible saber a
qué nos estamos refiriendo; segunda, porque este significado coincide también
con lo que los patrocinadores de la legalización de la eutanasia quieren que
prospere: que se legitime el que un hombre dé muerte a otro dadas ciertas
circunstancias.
Como más
adelante se verá, por ejemplo, la renuncia a la obstinación terapéutica sin
esperanza - que se suele designar como encarnizamiento terapéutico - merece una
consideración aparte y, en sentido estricto, no puede considerarse eutanasia,
aunque desde el mero punto de vista etimológico sea, desde luego, una forma de
favorecer la "buena muerte". Este es un ejemplo concreto de lo fácilmente que se
introduce la confusión en esta materia por los diversos significados que pueden
darse a una misma palabra.
7.
¿Cuántas clases de eutanasia hay?
Según el
criterio que se emplee, hay diversas clasificaciones del fenómeno de la
eutanasia que dependen también del significado que se dé al término.
Desde el
punto de vista de la víctima la eutanasia puede ser voluntaria o
involuntaria, según ser solicitada por quien quiere que le den muerte o no;
perinatal, agónica, psíquica o social, según se aplique a recién nacidos
deformes o deficientes, a enfermos terminales, a afectados de lesiones
cerebrales irreversibles o a ancianos u otras personas tenidas por socialmente
improductivas o gravosas, etc. Algunos hablan de auto eutanasia
refiriéndose al suicidio, pero eso no es, propiamente, una forma de
eutanasia, aunque muchos de sus patrocinadores defienden también, con arreglo a
su propia lógica, el derecho al suicidio.
Desde el
punto de vista de quien la practica, se distingue entre eutanasia activa y
pasiva, según provoque la muerte a otro por acción o por omisión, o entre
eutanasia directa e indirecta: la primera sería la que busca que
sobrevenga la muerte, y la segunda la que busca mitigar el dolor físico, aun a
sabiendas de que ese tratamiento puede acortar efectivamente la vida del
paciente; pero esta última no puede tampoco llamarse propiamente eutanasia.
Existen muchas
más clasificaciones posibles y una misma acción puede, a su vez, incluirse en
varias de las modalidades referidas aquí. Pero todo esto es, en el fondo,
secundario, y con frecuencia contribuye a aumentar la confusión sobre la
realidad del problema, en lugar de ayudar a esclarecer la cuestión. De ahí que,
para poder referirnos a un concepto que admitan tanto los partidarios de la
eutanasia como los defensores de la vida, la hayamos definido en los términos
expuestos más arriba, sin detenernos en ulteriores divisiones o clasificaciones.
8. ¿Qué
se entiende por distanasia?
La
distanasia (del griego "dis", mal, algo mal hecho, y "thánatos", muerte) es
etimológicamente lo contrario de la eutanasia, y consiste en retrasar el
advenimiento de la muerte todo lo posible, por todos los medios, proporcionados
o no, aunque no haya esperanza alguna de curación y aunque eso signifique
infligir al moribundo unos sufrimientos añadidos a los que ya padece, y que,
obviamente, no lograrán esquivar la muerte inevitable, sino sólo aplazarla unas
horas o unos días en unas condiciones lamentables para el enfermo.
La
distanasia también se llama "ensañamiento" y, "encarnizamiento terapéutico",
aunque sería más preciso denominarla "obstinación terapéutica".
9. ¿Qué
es la ortotanasia?
Con esta
palabra (del griego "orthos", recto, y "thánatos", muerte), se ha querido
designar la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al
que sufre una enfermedad incurable en fase terminal. La ortotanasia estaría tan
lejos de la eutanasia, en el sentido apuntado aquí, como de la distanasia u
obstinación terapéutica. Este término, reciente, no se ha consagrado más que en
ciertos ambientes académicos, sin hacer fortuna en el léxico habitual de la
calle; pero su sola acuñación revela la necesidad de acudir a una palabra
distinta de "eutanasia" para designar precisamente la buena muerte, que es lo
que se supone que tendría que significar la eutanasia, y que sin embargo ya no
significa, porque designa la otra realidad mencionada: una forma de homicidio.
10.
¿Estamos, pues, ante el "secuestro" de la palabra "eutanasia"?
Más bien
habría que hablar de la desvirtuación de su significado, que se ha debido tanto
al deseo de algunos de hacer más aceptable socialmente el "homicidio por
compasión" (y desde este punto de vista puede hablarse de "secuestro" de esta
palabra), como a la inexistencia de un término adecuado para designar esta clase
de homicidio. Esta es una de las razones por las que el aspecto terminológico es
de suma importancia en toda esta cuestión.
11.
¿Cuáles son los principales argumentos que se emplean para promover la
legalización de la eutanasia?
Se suele
promover la legalización de la eutanasia y su aceptación social con cinco clases
de argumentos:
Ø
el derecho a la muerte
digna, expresamente querida por quien padece sufrimientos atroces;
Ø
el derecho de cada cual a
disponer de su propia vida, en uso de su libertad y autonomía individual;
Ø
la necesidad de regular
una situación que existe de hecho. Ante el escándalo de su persistencia en la
clandestinidad;
Ø
el progreso que
representa suprimir la vida de los deficientes psíquicos profundos o de los
enfermos en fase terminal, ya que se trataría de vidas que no pueden llamarse
propiamente humanas;
Ø
la manifestación de
solidaridad social que significa la eliminación de vidas sin sentido, que
constituyen una dura carga para los familiares y para la propia sociedad.
No todos los
partidarios de la eutanasia comparten todos estos argumentos; pero todos, en
cambio, comparten los dos primeros, y a menudo el tercero.
A lo largo
de este texto iremos refiriéndonos a cada uno de dichos argumentos para
examinarlos en su propio contexto.
II. EL
HOMBRE, ANTE EL DOLOR Y LA
MUERTE
12. El
dolor y la muerte, ¿forman parte de la vida humana o, por el contrario, son
obstáculos para ella?
El dolor y
la muerte forman parte de la vida humana desde que nacemos en medio de los
dolores de parto de nuestra madre hasta que morimos causando dolor a los que nos
quieren y sufriendo por el propio proceso que lleva a la muerte. A lo largo de
toda la existencia, el dolor - físico o moral - está presente de forma habitual
en todas las biografías humanas: absolutamente nadie es ajeno al dolor. El
producido por accidentes físicos - pequeños o grandes - es compañero del hombre
en toda su vida; el dolor moral (producto de la incomprensión ajena, la
frustración de nuestros deseos, la sensación de impotencia, el trato injusto,
etc.) nos acompaña desde la más tierna infancia hasta los umbrales de la muerte.
El dolor - y
su aspecto subjetivo, el sufrimiento - forma parte de toda vida humana y de la
historia de la humanidad: así lo acreditan la experiencia personal de cada uno
de nosotros y la literatura universal, en la que la experiencia del dolor es no
sólo motivo de inspiración, sino objeto de reflexión constante.
La muerte es
el destino inevitable de todo ser humano, una etapa en la vida de todos los
seres vivos que - quiérase o no, guste o no - constituye el horizonte natural
del proceso vital. La muerte es la culminación prevista de la vida, aunque
incierta en cuanto a cuándo y cómo ha de producirse; y, por lo tanto, forma
parte de nosotros porque nos afecta la de quienes nos rodean y porque la actitud
que adoptamos ante el hecho de que hemos de morir determina en parte cómo
vivimos.
El dolor y
la muerte no son obstáculos para la vida, sino dimensiones o fases de ella.
Obstáculo para la vida es la actitud de quien se niega a admitir la naturalidad
de estos hechos constitutivos de toda vida sobre la tierra, intentando huir de
ellos como si fuesen totalmente evitables, hasta el punto de convertir tal huida
en valor supremo: esta negación de la propia realidad sí que puede llegar a ser
causa de deshumanización y de frustración vital.
13.
¿Debería, entonces, todo hombre renunciar a huir del dolor en general, y del
dolor de la agonía en particular?
Todo ser
humano huye por instinto del dolor y de cuanto cause sufrimiento, y esta actitud
es adecuada a la constitución natural del hombre, que está creado para ser feliz
y, por tanto, reacciona con aversión ante lo que atente a su felicidad.
El rechazo
de lo doloroso, de lo que causa sufrimiento, es, en consecuencia, natural en el
hombre. Y, por ello, este rechazo es justo y no censurable. Sin embargo,
convertir la evitación de lo doloroso en el valor supremo que haya de inspirar
toda conducta, tratar de huir del dolor a toda costa y a cualquier precio, es
una actitud que acaba volviéndose contra los que la mantienen, porque supone
negar de raíz una parte de la realidad del hombre, y este error puede llevar
fácilmente a cometer injusticias y actos censurables por antihumanos, aunque
pueda parecer superficialmente otra cosa.
Estas ideas
son especialmente patentes en el caso de la agonía, de los dolores que,
eventualmente, pueden preceder a la muerte. Convertir la ausencia del dolor en
el criterio preferente y aun exclusivo para reconocer un pretendido carácter
digno de la muerte puede llevar a legitimar homicidios - bajo el nombre de
eutanasia - y a privar a la persona moribunda del efecto humanizador que el
mismo dolor puede tener.
14.
¿Significa eso que el dolor tiene algún valor positivo para una vida humana?
El dolor y
el sufrimiento, como cualquier otra dimensión natural de toda vida humana tienen
también un valor positivo si nos ayudan a comprender mejor nuestra naturaleza y
sus limitaciones, si sabemos integrarlos en nuestro proceso de crecimiento y
maduración. Todo hombre se hace a sí mismo durante su vida realizando las
posibilidades de plenitud que están en su constitución natural, o rechazando
tales posibilidades.
Es
experiencia universal que el dolor no puede evitarse totalmente y que puede ser
fuente de humanización personal y de solidaridad social. La persona que sufre y
acepta su sufrimiento llega a ser más humana, pues comprende y hace suya una
dimensión básica de la vida que ayuda a hacer más rica la personalidad. Quien a
toda costa pretende huir del dolor, probablemente destruya sus posibilidades de
ser feliz, pues es imposible tal fin.
La
experiencia de la humanidad es que el dolor, si se admite como una dimensión de
la vida contra la que se debe luchar, pero que es inevitable, es escuela que
puede ayudar a que existan vidas humanas más plenas.
15. Si la
muerte es inevitable, y el dolor es una "escuela de vida", ¿qué sentido tienen
los esfuerzos de la investigación científica para mitigar el dolor y para alejar
lo más posible el momento de la muerte?
El dolor es
inevitable en toda vida humana, pero todos tenemos la clara idea de que el
hombre aspira a la felicidad. Por ello, esforzarse en mitigar el dolor es
positivo, pero esta finalidad es absurda, por imposible, si erradicar el dolor
se convierte en bien absoluto ante el cual deben subordinarse el resto de los
fines nobles del actuar humano. En toda vida humana se dan dimensiones o facetas
que no siempre resultan congruentes entre sí en caso de pretender darles valor
absoluto a cada una de ellas; todo ser humano tiene derecho a defender sus
opiniones, pero si convierte este derecho en valor absoluto, probablemente
acabará siendo un dictador para los demás; todo hombre ansía su bienestar, pero
si pone esta dimensión de su naturaleza por encima de cualquier otra
consideración, será incapaz de cualquier manifestación de generosidad, etc.
Con el dolor
pasa lo mismo: luchar por mitigarlo es positivo, y el esfuerzo de la ciencia
moderna en tal sentido es encomiable, pero convertir esta lucha y este esfuerzo
en valor absoluto es, además de quimérico, injusto, pues obligaba a renunciar a
otras dimensiones valiosas de la vida humana.
Algunas
ideologías en el último siglo han considerado determinadas dimensiones parciales
o relativas del ser humano como valores absolutos y, al hacerlo, han generado
clamorosas injusticias: así ha sucedido con quienes han construido su visión del
mundo exclusivamente sobre la raza, el color, la clase social, la nación o la
ideología. Cualquier filosofía o actitud vital que convierta en absoluta una de
las dimensiones o facetas de la pluriforme realidad humana, conduce a
planteamientos injustos y antihumanistas, pues el humanismo exige equilibrio y
una visión global, integral, del ser humano sobre la tierra.
Esto, que es
evidente en las ideologías totalitarias, no aparece con tanta claridad en las
actitudes actualmente proclives a ver la salud como bien absoluto y la ausencia
de dolor como valor supremo del hombre, pero el fenómeno es el mismo: de estas
actitudes dimana la legitimación de acciones contra quienes no responden a ese
ideal absoluto de "calidad de vida": los deficientes, los enfermos, los
moribundos, los ancianos, etc.
16. ¿Es
natural el miedo a morir?
Es natural
tener miedo a morir, pues el hombre en la felicidad, y la muerte se presenta
como una ruptura traumática de destino incierto. La explicación bíblica de la
muerte como consecuencia del pecado y, por tanto, como elemento ajeno a la
naturaleza primigenia del hombre, encaja perfectamente con la psicología
personal y colectiva que acredita una resistencia instintiva ante la muerte.
Sin embargo,
puede llevar a resultados inhumanos convertir en absoluto este rechazo a la
muerte, innato en el hombre: la muerte es un hecho, y un ser humano adulto ha de
aceptarla como tal, pues de lo contrario se situaría contra su propia realidad.
17. ¿Es
natural el miedo al modo de morir?
Desde luego,
es natural sentir miedo a una muerte dolorosa, como es natural tener miedo a una
vida sumida en el dolor. Si esta aversión se lleva al extremo, se convierte la
huida del dolor en un valor absoluto, ante el cual todos los demás han de ceder.
El miedo a un modo de morir doloroso y dramático puede llegar a ser tan intenso
que, al anular todos los demás valores, puede conducir a desear la muerte misma
como medio de evitar tan penosa situación. Este es, de hecho, el principal
estímulo para quienes preconizan la aceptación legal y social de la eutanasia.
Pero la experiencia demuestra que cuando un enfermo que sufre pide que lo maten,
en realidad está pidiendo casi siempre que le alivien los padecimientos, tanto
los físicos como los morales, que a veces superan a aquellos: la soledad, la
incomprensión, la falta de afecto y consuelo en el trance supremo. Cuando el
enfermo recibe alivio físico y consuelo psicológico y moral, deja de solicitar
que acaben con su vida, según la experiencia común.
18. ¿No
hay, pues, fronteras definidas que delimiten cuándo es bueno aceptar el dolor y
la muerte, y cuándo es bueno tratar de evitarlos?
Es bueno
aceptar el hecho cierto e inevitable del dolor, y también es bueno luchar por
mitigarlo. Es bueno luchar por vencer a la enfermedad, y no es bueno eliminar
seres humanos enfermos para que no sufran. Es bueno luchar en favor de la vida
contra la muerte, y no es bueno, porque no es realista, rechazar la muerte como
si se pudiera evitar. Pero no existe un catálogo de soluciones que pueda
resolver todas las dudas y las perplejidades con que nos enfrentamos ante la
realidad del dolor y de la muerte. Lo mismo ocurre con muchas otras situaciones
de la vida, en las que no es posible establecer normas rígidas, sino que hemos
de actuar, basados en el conocimiento de los principios generales, con un
criterio recto y prudente.
19. ¿Y no
podían ser los motivos de nuestra actuación un criterio adecuado?
Es necesario
saber que los motivos por los que actuamos (compasión, deseo de que seres
queridos no sufran...) no pueden cambiar el fin intrínseco de nuestro actuar,
que en la eutanasia es privar de la vida a otro o cooperar a que se suicide. Si
los motivos prevalecieran sobre la naturaleza de los actos hasta el punto de
hacer a éstos social y jurídicamente justificables, no sería posible la
convivencia, pues cualquier acto, fuera el que fuese, podría quedar legitimado
en virtud de los motivos íntimos de su autor. Se puede y se debe comprender y
ayudar a quien obra torcidamente; también se pueden y se deben valorar las
circunstancias que influyen en los actos humanos, y modifican la
responsabilidad. Pero la norma general no puede decir nunca que está bien lo que
está mal, por mucho que el autor de la acción crea hacer algo bueno. El fin - el
motivo subjetivo - no justifica los medios - en este caso, matar -.
Quienes
proponen la admisibilidad ética y jurídica de la eutanasia confunden a menudo la
disposición moral íntima de las personas con lo que las leyes o la sociedad
deben tener como aceptable; y confunden también las circunstancias que pueden
atenuar la responsabilidad, e incluso anularla, con lo que la norma general debe
disponer.
20.
A pesar de todo, hay quienes creen que una muerte dolorosa
o un cuerpo muy degradado serían más indignos que una muerte rápida y "dulce",
producida cuando cada uno dispusiera.
En su
naturaleza última, el dolor y la muerte humanos encierran un misterio, que no es
otro que el misterio del mismo ser humano puesto en esta tierra; es también el
misterio de la libertad y del amor, que son realidades vivas e íntimas, aunque
intangibles, y que no encuentran explicación suficiente en la física o la
química.
El dolor y
la muerte no son criterios aptos para medir la dignidad humana, pues ésta
conviene a todos los seres humanos por el hecho de serlo; el dolor y la muerte
serán dignos si son aceptados y vividos por la persona; pero no lo serán si
alguien los instrumentaliza para atentar contra esa persona.
Una muerte
digna no consiste sólo en la ausencia de tribulaciones externas, sino que nace
de la grandeza de ánimo de quien se enfrenta a ella. Es claro que, llegado el
momento supremo de la muerte, el protagonista de este trance ha de afrontarlo en
las condiciones más llevaderas posibles, tanto desde el punto de vista del dolor
físico como también del sufrimiento moral. Los analgésicos y la medicina
paliativa (de la que se hablará en otro lugar) por un lado, y el consuelo moral,
la compañía, el calor humano y el auxilio espiritual, por otro, son los medios
que enaltecen la dignidad de la muerte de un ser humano que siempre, aun en el
umbral de la muerte, conserva la misma dignidad.
III.
LA MEDICINA
ANTE LA
EUTANASIA
21. La
cuestión de la eutanasia, ¿Es un problema médico?
La
eutanasia, tal y como la plantean los defensores de su legalización, afecta de
lleno al mundo de la
Medicina, puesto que las propuestas de sus patrocinadores
siempre hacen intervenir al médico o al personal sanitario. Pero la cuestión de
la eutanasia no es, propiamente hablando, un problema médico, o no tendría que
serlo.
La eutanasia
merece la misma calificación ética si la practica un médico o una enfermera en
el técnico ambiente de un hospital que si la practica, por otro medio
cualquiera, un familiar o un amigo de la víctima. En ambos casos se trata de un
hombre que da muerte a otro.
La eutanasia
no es una forma de Medicina, sino una forma de homicidio; y si la practica un
médico, éste estará negando la Medicina.
22. ¿Por
qué la eutanasia es la negación de la Medicina?
Porque la
razón de ser de la
Medicina es la curación del enfermo en cualquier fase de su
dolencia, la mitigación de sus dolores, y la ayuda a sobrellevar el trance
supremo de la muerte cuando la curación no es posible. La eutanasia, por el
contrario, no sólo es la renuncia a esa razón de ser, sino que consiste en la
deliberada decisión de practicar justamente lo opuesto a la Medicina, ya que es dar
muerte a otro, aunque sea en virtud de una presunta compasión. Cualquiera es
perfectamente capaz de advertir la diferencia sustancial que existe entre ayudar
a un enfermo a morir dignamente y provocarle la muerte.
La eutanasia
no es una técnica, un recurso de la Medicina: la eutanasia expulsa a
la Medicina,
la sustituye. La eutanasia, además, precisamente por ser la negación de
la Medicina,
se vuelve contra el médico que la practique.
23. ¿Por
qué la eutanasia se vuelve contra el médico que la practique?
Por dos
razones: por un lado es fácil que el médico se deslice hacia una habitualidad en
la práctica de la eutanasia una vez admitido el primer caso; y, por otro lado,
la eutanasia acaba con la base del acto médico: la confianza del paciente en el
médico.
Cuando un
médico ha dado muerte a un paciente por piedad hacia él, ha dado ya un paso que
tiene muy difícil retorno. Los que padecen una misma enfermedad se parecen mucho
entre sí en los síntomas, las reacciones, los sufrimientos. Cuando un médico se
ha sentido "apiadado" de un enfermo hasta el punto de decidir quitarle la vida
para ahorrarle padecimientos, será ya relativamente fácil que experimente
idéntico estado de ánimo ante otro que padezca el mismo mal; y esta
circunstancia puede sobrevenir con relativa frecuencia, porque la
especialización profesional impone a la práctica totalidad de los médicos la
necesidad de tratar a enfermos muy semejantes unos de otros. En tal situación,
las virtudes propias del médico (la no discriminación en el tratamiento a unos u
otros enfermos, la previsión de dolencias o complicaciones futuras) se
convierten en factores potencialmente multiplicadores de la actividad
eutanásica, porque es muy difícil determinar la frontera que separa la gravedad
extrema de la situación crítica, o los padecimientos enormes de los
padecimientos insoportables, sean físicos o anímicos.
Por otro
lado, no es posible que exista la Medicina si el paciente en vez de
tener confianza en su médico hasta poner su vida, salud e integridad física en
sus manos, llega a tenerle miedo porque no sabe si el profesional de
la Medicina o
la enfermera que se ocupan de su salud van a decidir que su caso es digno de
curación o susceptible de eutanasia.
Si se
atribuyese a los médicos el poder de practicar la eutanasia, éstos no serían ya
una referencia amiga y benéfica sino, por el contrario, temida y amenazadora,
como sucede ya en algunos hospitales holandeses.
La humanidad
ha progresado en humanitarismo retirando a los gobernantes y los jueces el poder
de decretar la muerte (abolición de la pena de muerte). Los partidarios de la
eutanasia pretenden dar un paso atrás, otorgando tal poder a los médicos. De
conseguir tal propósito lograrían dos retrocesos por el precio de uno:
recrearían una variedad de muerte legal y degradarían, tal vez
irreversiblemente, el ejercicio de la Medicina.
24. ¿No
es muy sutil la línea divisoria entre la eutanasia y la cesación de unos
cuidados ya inútiles?
Sólo en
contadas situaciones terminales sin esperanza humana, la apariencia de los
gestos del médico puede guardar semejanza en ambos casos; pero el médico sabe,
sin género de dudas, lo que hay en su intención: sabe si lo que realiza tiene
por objeto causar la muerte del enfermo o si, por el contrario, está renunciando
al encarnizamiento terapéutico. Lo primero nunca será admisible; lo segundo lo
es.
25. ¿Qué
es el encarnizamiento terapéutico?
Con esta
denominación, o la de "ensañamiento terapéutico" - que acaso sean menos
acertadas que la de "obstinación terapéutica", que refleja mejor la intención
con que se practica -, se quiere designar la actitud del médico que, ante la
certeza moral que le dan sus conocimientos de que las curas o los remedios de
cualquier naturaleza ya no proporcionan beneficio al enfermo y sólo sirven para
prolongar su agonía inútilmente, se obstina en continuar el tratamiento y no
deja que la naturaleza siga su curso.
Esta actitud
es consecuencia de un exceso de celo mal fundamentado, derivado del deseo de los
médicos y los profesionales de la salud en general de tratar de evitar la muerte
a toda costa, sin renunciar a ningún medio, ordinario o extraordinario,
proporcionado o no aunque eso haga más penosa la situación del moribundo.
En otras
ocasiones cabe hablar más propiamente de ensañamiento terapéutico, cuando se
utiliza a los enfermos terminales para la experimentación de tratamientos o
instrumentos nuevos. Aunque esto no sea normal en nuestros días, la historia,
por desgracia, nos aporta algunos ejemplos.
En cualquier
caso, la obstinación terapéutica es gravemente inmoral, pues instrumentaliza a
la persona subordinando su dignidad a otros fines.
26. ¿No
se plantea aquí otra frontera imprecisa para distinguir la obstinación
terapéutica de unos cuidados solícitos y constantes?
Ciertamente,
así es. No hay una regla matemática para calibrar si existen o no esperanzas
fundadas de curación. La práctica médica cuenta con abundantes experiencias de
enfermos que parecían irrecuperables y que, sin embargo, salieron adelante de
trances muy comprometidos. La solución de esos conflictos sólo puede venir del
criterio claro según el cual hay que hacer un uso proporcionado de los medios
terapéuticos. El médico ha de respetar la dignidad de la persona humana y no
dejarse vencer por un tecnicismo médico abusivo.
27. ¿Y no
es ésta una forma de eutanasia?
No.
Refiriéndonos siempre al enfermo terminal y ante la inminencia de una muerte
inevitable, médicos y enfermos deben saber que es lícito conformarse con los
medios normales que la
Medicina puede ofrecer, y que el rechazo de los medios
excepcionales o desproporcionados no equivale al suicidio o a la omisión
irresponsable de la ayuda debida a otro, sino que significa sencillamente la
aceptación de la condición humana, una de cuyas características es la muerte
inevitable.
Pueden darse
casos concretos en que sea difícil adoptar una decisión ética y profesionalmente
correcta, como sucede en otros muchos aspectos de la vida: el juez que debe
decidir si alguien es culpable o inocente cuando las pruebas no son claramente
taxativas; el profesor que debe optar entre aprobar o suspender a un alumno y
tiene dudas razonables del acierto o desacierto de cualquiera de las opciones;
el padre de familia que duda entre la severidad o la indulgencia ante un hijo
con problemas, etc. En estos casos, una norma moral adecuada es prescindir de
los posibles motivos egoístas de la propia decisión y aconsejarse de otros
expertos para decidir prudentemente. Con estos requisitos, un médico - como un
juez, un profesor o un padre - puede equivocarse, pero no cometerá un crimen.
28. Pero,
¿cómo distinguir los medios terapéuticos ordinarios de los extraordinarios?
Evidentemente, es inútil
establecer una casuística objetiva de los medios ordinarios y extraordinarios,
porque eso depende de factores tan cambiantes como la situación del paciente, el
estado de la investigación en un momento dado, las condiciones técnicas de un
determinado hospital, el nivel medio de la asistencia sanitaria de uno u otro
país, etc. Lo que respecto a un paciente en unas circunstancias concretas se
estima como medio ordinario, puede tener que considerarse como extraordinario
respecto a otra persona, o pasado un tiempo, o en otro lugar. De hecho, así
ocurre constantemente en la realidad cotidiana.
Ante estos
problemas ciertos de interpretación, algunos prefieren no hablar de medios
ordinarios y extraordinarios, sino más bien de medios proporcionados y
desproporcionados a la situación de cada enfermo, pues de este modo se puede
aquilatar mejor la decisión en cada caso.
De acuerdo
con esto, cuando existe en un enfermo en peligro próximo de muerte la
posibilidad cierta de recuperación (por ejemplo, un paciente joven en coma por
un traumatismo producido en un accidente), la Medicina considera que son
proporcionados todos los medios técnicos posibles, porque existe una esperanza
fundada de salvarle la vida. El problema se manifiesta cuando no se confía ya en
la recuperación sino sólo en un alargamiento de la vida o, más exactamente, de
la agonía. Entonces es cuando la prudencia del médico debe aconsejarle rechazar
la actitud de obstinarse en prodigar unos medios que ya son inútiles y, en todo
caso, respetando la voluntad del propio enfermo moribundo, si está en
condiciones de manifestarla.
Por otra
parte es legítimo que un enfermo moribundo prefiera esperar la muerte sin poner
en marcha un dispositivo médico desproporcionado a los insignificantes
resultados que de él se puedan seguir; como es legítimo también que tome esta
decisión pensando en no imponer a su familia o a la colectividad unos gastos
desmesurados o excesivamente gravosos. Esta actitud, por la ambigüedad del
lenguaje, podría confundirse, para los no avisados, con la actitud eutanásica
por razones socio - económicas, pero existe una diferencia absolutamente
esencial: la que va de la aceptación de la muerte inevitable a su provocación
intencionada.
29.
¿Existen, pues, unos derechos del enfermo moribundo?
Ciertamente.
El derecho a una auténtica muerte digna incluye:
Ø
el derecho a no sufrir
inútilmente;
Ø
el derecho a que se
respete la
Libertad de su conciencia;
Ø
el derecho a conocer la
verdad de su situación;
Ø
el derecho a decidir
sobre sí mismo y sobre las intervenciones a que se le haya de someter;
Ø
el derecho a mantener un
diálogo confiado con los médicos, familiares, amigos y sucesores en el trabajo;
Ø
el derecho a recibir
asistencia espiritual.
El derecho a no
sufrir inútilmente y el derecho a decidir sobre sí mismo amparan y legitiman la
decisión de renunciar a los remedios excepcionales en la fase terminal, siempre
que tras ellos no se oculte una voluntad suicida.
30. Y estos derechos ¿no pueden legitimar alguna forma de eutanasia "pasiva"
(por omisión)?
No. Cuando
la muerte aparece como inevitable porque ya no hay remedios eficaces, el enfermo
puede determinar, si está en condiciones de hacerlo, el curso de sus últimos
días u horas mediante alguna de estas decisiones:
Ø
aceptar que se ensayen en
él medicaciones y técnicas en fase experimental, que no están libres de todo
riesgo. Aceptándolas, el enfermo podrá dar ejemplo de generosidad para el bien
de la
Humanidad;
Ø
rechazar o interrumpir la
aplicación de esos remedios;
Ø
contentarse con los
medios paliativos que la
Medicina le pueda ofrecer para mitigar el dolor, aunque no
tengan ninguna virtud curativa; y rechazar medicaciones u operaciones en fase
experimental, porque sean peligrosas o resulten excesivamente caras. Este
rechazo no equivale al suicidio, sino que es expresión de una ponderada
aceptación de la inevitabilidad de la muerte;
Ø
en la inminencia de la
muerte, rechazar el tratamiento obstinado que únicamente vaya a producir una
prolongación precaria y penosa de su existencia, aunque sin rehusar los medios
normales o comunes que le permiten sobrevivir.
En estas
situaciones está ausente la eutanasia, que implica - repitámoslo - una
deliberada voluntad de acabar con la vida del enfermo. Es un atentado contra la
dignidad de la persona la búsqueda deliberada de su muerte, pero es propio de
esa dignidad el aceptar su llegada en las condiciones menos penosas posibles. Y
es en el fondo del corazón del médico y del paciente donde se establece esta
diferencia entre provocar la muerte o esperarla en paz y del modo menos penoso
posible, mediante unos cuidados que se limiten a mitigar los sufrimientos
finales.
31. ¿Cómo
se puede paliar el dolor del enfermo terminal?
Uno de los
derechos del enfermo es el de no sufrir un dolor físico innecesario durante el
proceso de su enfermedad. Pero la experiencia nos muestra que el enfermo,
especialmente el enfermo en fase terminal, experimenta, además del dolor físico,
un sufrimiento psíquico o moral intenso, provocado por la colisión entre la
proximidad de la muerte y la esperanza de seguir viviendo que aún alienta en su
interior. La obligación del médico es suprimir la causa del dolor físico o, al
menos, aliviar sus efectos; pero el ser humano es una unidad, y al médico y
demás personal de enfermería compete, junto a los familiares, también la
responsabilidad de dar consuelo moral y psicológico al enfermo que sufre.
Frente al
dolor físico, el profesional de la sanidad ofrece la analgesia; frente a la
angustia moral, ha de ofrecer consuelo y esperanza. La deontología médica
impone, pues, los deberes positivos de aliviar el sufrimiento físico y moral del
moribundo, de mantener en lo posible la calidad de la vida que declina, de ser
guardián del respeto a la dignidad de todo ser humano.
32. ¿Qué
significa " Medicina paliativa" ?
La
Medicina paliativa es una forma
civilizada de entender y atender a los pacientes terminales, opuesta
principalmente a los dos conceptos extremos ya aludidos: obstinación terapéutica
y eutanasia.
Esta es una
nueva especialidad de la atención médica al enfermo terminal y a su entorno, que
contempla el problema de la muerte del hombre desde una perspectiva
profundamente humana, reconociendo su dignidad como persona en el marco del
grave sufrimiento físico y psíquico que el fin de la existencia humana lleva
generalmente consigo.
En
definitiva, la
Medicina paliativa es, ni más ni menos, un cambio de mentalidad
ante el paciente terminal. Es saber que, cuando ya no se puede curar, aún
podemos cuidar; es la consciencia de cuándo se debe iniciar ese cambio: si no
puedes curar, alivia; y si no puedes aliviar; por lo menos consuela. En ese
viejo aforismo se condensa toda la filosofía de los cuidados paliativos.
33. ¿Cómo
está organizada la
Medicina paliativa?
La
Medicina paliativa, que parece
tener sus antecedentes en la Gran Bretaña, está aún
escasamente contemplada en la organización sanitaria española, y sería deseable
que los poderes públicos reconocieran con mayor sensibilidad su existencia. Se
asienta básicamente en el reconocimiento de la triple realidad que configura el
proceso de la muerte inminente en la sociedad actual: un paciente terminal con
dolor físico y sufrimiento psíquico, una familia angustiada que no acaba de
aceptar la situación y sufre por el ser querido, y un médico educado para luchar
contra la muerte. Todos ellos están inmersos en una sociedad que parece no
querer admitir el fracaso cuando la muerte se considera un fracaso.
En las
Unidades de Cuidados Paliativos, que son áreas asistenciales incluidas física y
funcionalmente en los hospitales, se proporciona una atención integral al
paciente terminal. Un equipo de profesionales asiste a estos enfermos en la fase
final de su enfermedad, con el único objetivo de mejorar la calidad de su vida
en este trance último, atendiendo todas las necesidades físicas, psíquicas,
sociales y espirituales del paciente y de su familia. Todas las acciones de
la Medicina
paliativa van encaminadas a mantener y, en lo posible, aumentar, el sosiego del
paciente y de su familia.
34. ¿Y
cuáles son las necesidades que estos pacientes terminales presentan?
Son
necesidades físicas, psíquicas, espirituales o religiosas, y sociales.
Las
necesidades Físicas derivan de las graves limitaciones corporales y, sobre todo,
del dolor, especialmente en las muertes por cáncer, donde éste está presente en
el 80 por ciento de los enfermos terminales. Con tratamientos adecuados se
pueden llegar a controlar un 95 por ciento de los dolores.
Las
necesidades psíquicas son evidentes. El paciente necesita sentirse seguro,
necesita confiar en el equipo de profesionales que le trata, tener la seguridad
de una compañía que lo apoye y no lo abandone. Necesita amar y ser amado, y
tiene necesidad de ser considerado, lo que afianza su autoestima.
Las
necesidades espirituales son indudables. El creyente necesita a Dios. Es una
grave irresponsabilidad civil y política que la atención religiosa de los
pacientes no esté claramente presente en todas las clínicas e instituciones
hospitalarias.
Las
necesidades sociales del paciente terminal no son menos importantes para dar
sosiego al penoso trance. La enfermedad terminal produce a quien la padece y a
su familia unos gastos y no pocos desajustes familiares. Toda la atención de los
componentes de la unidad familiar se concentra generalmente en el miembro
enfermo y, si la supervivencia se alarga, el desajuste puede ser duradero. El
paciente lo ve y también lo sufre.
35.
¿La Medicina
paliativa es la alternativa a la eutanasia?
En realidad,
no. La
Medicina paliativa es más propiamente alternativa al llamado
"encarnizamiento terapéutico" u "obstinación terapéutica". No es alternativa a
la eutanasia, porque la eutanasia no es sino un grave atentado a la vida humana
y a su dignidad.
Se puede
decir que la
Medicina paliativa ha existido siempre y ha sido ejercida
tradicionalmente por los médicos, aunque no se haya considerado técnicamente
como una especialidad. Sus principios están impresos en el juramento hipocrático
y en la concepción histórica del ejercicio médico. Pero, ciertamente, como
especialización dentro de la organización sanitaria representa una novedad, que
es hacer frente a las peculiaridades del proceso de la muerte en el campo
sanitario. Este proceso se ha complicado de forma extraordinaria, y exige la
aparición de un nuevo médico, atento al máximo a los adelantos científicos y
conocedor profundo de las necesidades del paciente terminal.
36. ¿No
puede considerarse, entonces, una forma de eutanasia el aplicar sustancias
analgésicas, a sabiendas de que eso puede acortar la vida del paciente?
No. Cuando
el tratamiento del dolor es ya prácticamente lo único que se puede hacer por el
enfermo terminal, el efecto secundario que ciertos analgésicos tengan respecto
del acortamiento de la vida no puede considerarse como una forma de eutanasia,
porque no se persigue el destruir esa vida, sino aliviar el dolor; y este
propósito paliativo puede, ante la inminencia de la muerte, ser preferente para
esperar la llegada de la muerte en las condiciones menos angustiosas.
Es lo mismo
que sucede con quien - alpinistas, bombero... - asume un riesgo cierto, pero
pretende una cosa buena sin ánimo suicida alguno. Esto es legitimo aunque
eventualmente pueda ser causa de muerte.
Por otra
parte, se puede en muy buena medida dar por superada la vieja pugna entre tratar
el dolor y acortar la vida: los recientes avances en el tratamiento eficaz del
dolor y de la enfermedad terminal han reducido casi por completo el riesgo de
anticipar indebidamente la muerte de ciertos pacientes.
37. ¿En
qué consiste el argumento de la "muerte digna" a que se refieren los partidarios
de la eutanasia para intentar justificarla?
Este
argumento es uno de los principales que se utilizan hoy para promover la
legalización de la eutanasia. En síntesis puede formularse de esta manera: La
técnica médica moderna dispone de medios para prolongar la vida de las personas,
incluso en situación de grave deterioro físico. Gracias a ella es posible salvar
muchas vidas que hace unos años estaban irremisiblemente perdidas; pero también
se dan casos en los que se producen agonías interminables y dramáticas, que
únicamente prolongan y aumentan la degradación del moribundo. Para estos casos,
la legislación debería permitir que una persona decidiera, voluntaria y
libremente, ser ayudada a morir. Esta sería una muerte digna, porque sería la
expresión final de una vida digna.
38. ¿Es
aceptable este argumento?
No lo es,
porque en él, junto a consideraciones razonables acerca de la crueldad de la
obstinación terapéutica, se contiene una honda manipulación de la noción de
dignidad. En este argumento subyace la grave confusión entre la dignidad de la
vida y la dignidad de la persona. En efecto, hay vidas dignas y vidas indignas,
como puede haber muertes dignas y muertes indignas. Pero por indigna que sea la
vida o la muerte de una persona, en cuanto tal persona tiene siempre la misma
dignidad, desde la concepción hasta la muerte, porque su dignidad no se
fundamenta en ninguna circunstancia, sino en el hecho esencial de pertenecer a
la especie humana. Por eso los derechos humanos, el primero de los cuales es el
derecho a la vida, no hacen acepción de personas, sino que, muy al contrario,
están establecidos para todos, con independencia de su condición, su estado de
salud, su raza o cualquier otra circunstancia.
Es digno,
ciertamente, renunciar a la obstinación terapéutica sin esperanza alguna de
curación o mejora y esperar la llegada de la muerte con los menores dolores
físicos posibles; como es digno también el preferir esperar la muerte con plena
consciencia y experiencia del sufrimiento final. Nada de eso tiene que ver con
la eutanasia; la provocación de la muerte de un semejante, por muy compasivas
que sean las motivaciones, es siempre ajena a la noción de dignidad de la
persona humana.
39.
¿Estamos, pues, ante un ejemplo concreto de manipulación del lenguaje?
Consciente o
inconscientemente, sí. So capaz de rechazar el empecinamiento terapéutico sin
expectativa ninguna de mejoría, lo que se patrocina en realidad es el acto
positivo (por acción u omisión, tanto da) de dar muerte a otro, como si eso
mereciese la misma consideración que la de abstenerse de emplear medios
irrazonables de prolongar una existencia precaria y dejar que el moribundo pueda
vivir lo más dignamente posible su propia muerte cuando ésta llegue.
Por otra
parte, la expresión "ayudar a morir" es otro ejemplo concreto de tergiversación
del sentido de las palabras, pues no es lo mismo ayudar a morir a alguien que
matarlo, aunque se le dé muerte por aparente compasión y a petición suya. La
expresión "ayudar a morir" evoca una actitud filantrópico y desinteresada,
generosa y compasiva, que se desvanecería inmediatamente si lo que se lleva a
cabo mediante la eutanasia se expresara con la palabra dura, desde luego, pero
precisa, que es matar.
IV. LA SOCIEDAD ANTE
LA EUTANASIA
40. La
cuestión de la eutanasia ¿es un problema social?
La eutanasia
fue un problema social en aquellas sociedades primitivas en que se practicaba la
eliminación de vidas consideradas inútiles, costumbre que estuvo admitida
respecto a los recién nacidos con malformaciones o los ancianos en distintos
pueblos de la antigüedad, hasta que la influencia del cristianismo acabó con
tales prácticas inhumanas. Desde la llegada del cristianismo, la eutanasia dejó
de ser un problema social hasta el siglo XX, en que algunos vuelven a
convertirla en problema al pretender su legalización.
Desde los
años 30 de este siglo se vienen constituyendo asociaciones en defensa de la
eutanasia y se han propuesto leyes permisivas, que habitualmente han sido
rechazadas, en distintos países. Sin embargo, la actitud a favor de la eutanasia
de estos pequeños grupos, y cierta mentalidad de relativización del respeto
debido al ser humano (que se expresa, por ejemplo, en el aborto), van calando en
la sociedad, convirtiendo de nuevo a la eutanasia en un problema social que
vuelve a aparecer después de haber sido superado durante siglos.
41. La
aceptación de la eutanasia, ¿no es, pues, un signo de civilización?
No. Lo que
es un signo de civilización es justamente lo contrario, es decir, la
fundamentación de la dignidad de la persona humana en el hecho radical de ser
humana, con independencia de cualquier otra circunstancia como raza, sexo,
religión, salud, edad, habilidad manual, o capacidad mental o económica. Esta
visión esencial del hombre significa un progreso cualitativo importantísimo, que
distingue justamente a las sociedades civilizadas de las primitivas, en las que
la vida del prisionero, el esclavo, el deficiente o el anciano, según épocas y
lugares, era despreciada.
Los
progresos científicos y técnicos en la lucha contra el dolor, tan propios de la
era moderna, pueden dar esta falsa apariencia de civilización a la eutanasia, en
la medida en que se la presenta como una forma más de luchar contra el dolor y
el sufrimiento. Pero ya sabemos que eutanasia no es eso, sino eliminar al que
sufre para que deje de sufrir. Y eso es incompatible con la civilización, pues
revela un desprecio profundo hacia la dignidad radical del ser humano. Un ser
humano no pierde la dignidad por sufrir; lo indigno es basar su dignidad en el
hecho de que no sufra.
Es más,
resulta especialmente contradictorio defender la eutanasia precisamente en una
época como la actual, en la que la Medicina ofrece alternativas, como
nunca hasta ahora, para tratar a los enfermos terminales y aliviar el dolor. Es
probable que este resurgimiento de las actitudes eutanásicas sea una
consecuencia de la conjunción de dos factores: por un lado, los avances de la
ciencia en retrasar el momento de la muerte; por otro, la mentalidad
contemporánea dé escapar, de huir del dolor a todo trance y de considerar el
sufrimiento como un fracaso. De esta negación de la realidad surge la
contradicción.
42. ¿Se
pueden prever los efectos sociales de aceptar la eutanasia?
En épocas
recientes la eutanasia no ha sido legal en ningún país - salvo la experiencia
nazi -, pero podemos fácilmente prever lo que pasaría si contrastamos los datos
que nos aporta la legalización del aborto en este siglo y el conocido como "caso
holandés", experiencia social de admisión práctica de la eutanasia que
recientemente ha recibido una cierta cobertura legal.
La
experiencia del aborto acredita que las leyes permisivas se aprueban
presuntamente para dar solución a determinados casos extremos especialmente
dramáticos para la sensibilidad común, pero acaban creando una mentalidad que
trivializa el aborto provocado hasta convertirlo en un hecho socialmente
admisible que se realiza por motivos cada vez más nimios. Con la eutanasia no
tiene por qué ocurrir algo distinto: la legislación permisivo se nos presentaría
como una solución para "casos límite" de "vida vegetativa", "encarnizamiento
terapéutico", etc. y acabaría siendo una opción normal ante casos de enfermedad
o declive biológico más o menos irreversible.
El proceso
descrito responde a la más elemental psicología humana: cuando algo prohibido se
permite y empieza a practicarse, se va considerando cada vez más como normal,
máxime si resulta un buen negocio para algunos, ayuda a eliminar situaciones
engorrosas para otros y además es defendido por algunas corrientes ideológicas.
En Holanda
se está viviendo desde hace años una triste experiencia de admisibilidad
práctica de la eutanasia - caso único en el mundo -. Un testigo de esta
realidad, Richard Fenigsen, cardiólogo holandés, la describe: "Los médicos de
cabecera holandeses practican la eutanasia activa voluntaria en unos 5.000
pacientes al año. La cifra más elevada de 10.000 probablemente también incluya a
los pacientes de hospitales. Sin embargo, se han llegado a mencionar cifras del
orden de los 18.000
a 20.000 casos al año. (...) El 81% de los médicos de
cabecera holandeses ha realizado la eutanasia en algún momento de su carrera
profesional; un 28% realiza la eutanasia a dos pacientes al año y un 14% de tres
a cinco pacientes al año. (...)
Un gran
número de personas en Holanda lleva consigo un testamento en el que pide que se
le realice la eutanasia "en caso de lesiones corporales o perturbaciones
mentales de las que no se pueda esperar una recuperación suficiente para llevar
una existencia digna y razonable". Recientemente estos testamentos escritos han
sido reemplazados por pequeñas "tarjetas de crédito para una muerte fácil". En
1981 el número de personas portadoras de estas tarjetas era de 30.000, pero se
calcula que este número es mucho más alto ahora. (...)
La
aceptación de la eutanasia activa "voluntaria" crece entre los holandeses. Según
dos encuestas realizadas en años consecutivos, en 1985 un 70% de los holandeses
aceptaba la eutanasia activa, mientras que en 1986 lo hacía un 76% (...) Mucha
gente acepta que se deba negar el tratamiento a personas con minusvalías serias,
a personas mayores e incluso a individuos sin familia. Es más, las encuestas
demuestran que la mayoría de las personas que defienden la eutanasia voluntaria,
la libertad de elección y el derecho a morir, también aceptan la eutanasia
activa involuntario, es decir, la negación de la libertad de elección y del
derecho a la vida" (...)
Los médicos
holandeses dejan morir al menos a 300 bebés minusválidos recién nacidos;
deniegan operaciones de enfermedades congénitas de corazón a niños con síndrome
de Down, negándose a anestesiarlos; y se niegan a Implantar marcapasos a
pacientes mayores de 75 años o a tratar de edema pulmonar a pacientes ancianos
que carezcan de familiares cercanos. Algunos médicos justifican estas acciones
diciendo que es interés de los pacientes el morir cuanto antes, pero
frecuentemente la explicación es que no se debe imponer a la sociedad la carga
de mantener vivos a estos pacientes. Estas decisiones se toman sin el
conocimiento de los pacientes y en contra de su voluntad".
Legalizada
la eutanasia, se abrirían las puertas a prácticas siniestras, pues la compasión
podría ser utilizada como disculpa para justificar la eliminación de los
débiles, los deficientes, los terminales. Se hablan "comprensibles" presuntos
intereses públicos en la eliminación de los que representan una carga para la
sociedad sin aportar utilidad material alguna; hasta llegar a crear la presión
psicológica suficiente para que se sientan casi obligados a pedir su eliminación
quienes, por su edad o estado, se sientan carga "insoportable" para los demás.
No se trata de un puro ejercicio de imaginación, y el testimonio citado así lo
indica.
43.
¿Cuáles son, desde la óptica del paciente terminal, los principales efectos de
la aceptación de la eutanasia?
El principal
efecto es el miedo. Miedo a que los que le rodean puedan diagnosticar que es
acreedor a la eutanasia; miedo a los profesionales de la sanidad; miedo a los
familiares; miedo a las instituciones asistenciales.
En efecto,
una sociedad en la que la eutanasia es delito transmite el mensaje de que toda
vida tiene valor, que el enfermo terminal puede tener la tranquilidad de que los
médicos y sus familiares se empeñarán en apoyar su vida y su muerte dignas y en
las mejores condiciones. Por el contrario, una sociedad en que la eutanasia no
se persigue ni se castiga por los poderes públicos, está diciendo a sus miembros
que no importa gran cosa que sean eliminados si ya no se les ve futuro o
utilidad. En una sociedad con la eutanasia legalizada, el anciano o el enfermo
grave tendían un muy justificado miedo a que el profesional de la sanidad o
cualquier persona de la que dependieran por una u otra razón, no fueran una
ayuda para su vida, sino unos ejecutores de su muerte.
44. Pero
todo eso afecta a la eutanasia no deseada voluntariamente. Si lo que se
admitiera fuera sólo la eutanasia voluntaria, ¿no se producirían efectos
sociales positivos?
Este es un
error bastante extendido, que la experiencia misma se ha encargado de desmentir
una y otra vez. En efecto:
a) La
experiencia de los casos de eutanasia que se han visto ante los Tribunales de
los países de nuestro entorno en las últimas décadas acredita que los
partidarios de la eutanasia dan con suma facilidad el paso que va de aceptar la
petición voluntaria de un paciente para ser" ayudado a morir", " ayudar a morir"
quien, a su juicio, debería hacer tal petición dado su estado, aunque de hecho
no lo solicite. Así ha sucedido en los conocidos casos de eutanasia de enfermos
de SIDA en Holanda, del Doctor Hackethal y la enfermera M. Roeder en Alemania o
de las enfermeras del Hospital austríaco de Lainz, entre otros. Si a una persona
en una situación dada es legítimo matarla a su petición, nada tiene de extraño
que a quien está en la misma situación - pero sin posibilidad de pedir la muerte
- se le presuponga igualmente un deseo de morir.
b) La
experiencia de la
Alemania de los años 30 y 40 de este siglo demuestra cómo se
puede pasar, fácil y rápidamente, de las teorías científicas pro eutanasia a la
práctica de una eutanasia realizada por motivos cada vez más subjetivos,
relativos y baladíes. Ciertamente eso se vio favorecido por un entorno
dictatorial, pero un entorno distinto no asegura que el fenómeno no pueda
repetirse.
c) La
experiencia de Holanda, donde está ya creada una mentalidad permisivo de la
eutanasia, es que se crea paralelamente una lo coacción moral" que lleva a los
terminales o " inútiles" a sentirse obligados a solicitar la eutanasia. Un grupo
de adultos con minusvalías importantes manifestaba recientemente ante el
Parlamento holandés: "Sentimos que nuestras vidas están amenazadas... Nos damos
cuenta de que suponemos un gasto muy grande para la comunidad... Mucha gente
piensa que somos inútiles... Nos damos cuenta a menudo de que se nos intenta
convencer para que deseemos la muerte... Nos resulta peligroso y aterrador
pensar que la nueva legislación médica pueda incluir la eutanasia".
La
experiencia muestra que las campañas a favor de la eutanasia siempre se han
iniciado asegurando sus promotores que, en todos los casos, debe ser voluntaria,
es decir, querida y solicitada expresamente por quien va a recibir la muerte por
este procedimiento. Pero también la experiencia acredita que el paso siguiente -
pedir la eutanasia para quien no está en condiciones de expresar su voluntad: el
deficiente, el recién nacido, el agónico inconsciente - es sólo cuestión de
tiempo, porque ya ha quebrado el principio del respeto al derecho fundamental a
la vida. Es más: cuando se inician los debates acerca de la legalización de la
eutanasia siempre se produce la misma contradicción: se insiste en legalizar
sólo la eutanasia voluntaria, pero para ilustrar los "casos límite" se ponen, en
cambio, ejemplos de enfermos terminales inconscientes y, por lo tanto, incapaces
de manifestar su voluntad.
La
diferencia entre eutanasia voluntaria e involuntario no existe en la práctica:
una vez legalizada la primera, fácilmente se cae en la segunda, puesto que los
casos prácticos surgen inmediatamente, y ya está relajada la capacidad social de
defender la vida de los inocentes.
45. ¿Cómo
afecta la eutanasia a la institución familiar?
Dado que
todos los ordenamientos jurídicos reconocen - en una u otra medida - el derecho
de los familiares más cercanos a decidir por el enfermo o incapaz no
posibilitado de expresar por sí mismo su voluntad, la posibilidad teórica de que
los familiares decidan que procede la eutanasia introduce en las relaciones
familiares un sentimiento de inseguridad, confrontación y miedo, totalmente
ajeno a lo que la idea de familia sugiere: solidaridad, amor, generosidad. Esto
es así sobre todo si se tiene en cuenta la facilidad con que se pueden
introducir motivos egoístas al decidir unos por otros en materia de eutanasia:
herencias, supresión de cargas e incomodidades, ahorro de gastos...
Desde otra
perspectiva, en una familia donde se decide aplicar la eutanasia a uno de sus
miembros, la tensión psicológica y afectiva que se genera al haber propiciado un
homicidio puede ser, y es de hecho, fuente de problemas e inestabilidades
emocionales, dadas las inevitables connotaciones éticas de tal conducta.
46. Pero
¿no puede responder cierta aceptación social de la eutanasia a un verdadero
sentimiento de compasión hacia el que sufre y no tiene remedio?
Desde el
punto de vista puramente subjetivo, puede ser: alguien - médico, familiar -
puede estar convencido de que hace un bien a otro procurando su muerte. Pero si
convirtiésemos la sensibilidad personal, los sentimientos subjetivos, en fuente
de la moralidad de los propios actos, se podría llegar a conclusiones
objetivamente inhumanas: un príncipe europeo medieval podía creer sinceramente
que aplicando tormento al reo le hacia un bien, puesto que de esta manera diría
la verdad y salvara su alma en el patíbulo; un estadounidense del siglo XVIII
podía pensar que tener esclavos era una forma de ayudarlos a sobrevivir; y un
padre de familia de finales de este siglo puede pensar que matar a un hijo
recién nacido subnormal es ayudarle a evitar sufrimientos futuros.
Los
sentimientos del príncipe medieval, del americano del siglo XVIII y del padre
infanticida contemporáneo aludidos pueden ser subjetivamente bondadosos, pero
son objetivamente inhumanos. Lo mismo sucede respecto a la eutanasia: quien
decide practicarla o ayuda a que se practique puede actuar creyendo que
beneficia a quien da muerte, pero objetivamente su acción es repudiable, pues
está arrogándose el derecho de decidir qué es bueno o malo para el otro. Si la
convivencia social hubiera de fundamentarse sobre los sentimientos subjetivos,
con olvido de las realidades morales objetivas, no habría posibilidad de
establecer normas generales de comportamiento y estaríamos en la selva, donde
imperaría la ley del más fuerte, ya que por definición toda acción voluntaria es
vista por su autor como un bien.
47. ¿Es,
pues, posible la instauración del egoísmo bajo apariencia de piedad?
Sí, es
perfectamente posible, porque los hombres tendemos con mucha facilidad a
justificar cualquier medio cuando el fin nos parece bueno. En este siglo hemos
visto a relevantes intelectuales cerrando los ojos ante los crímenes
estalinistas, o incluso justificándolos, por compartir el fin "progresista" que
ellos suponían en la política de Stalin; o a quienes han justificado atentados a
los derechos humanos perpetrados por ciertos regímenes de Sudamérica, por
compartir el proclamado fin anticomunista de esas dictaduras.
En el
terreno del derecho a la vida y a la integridad física este fenómeno ya se está
produciendo: como es bueno tener hijos y el deseo de ellos es natural, hay
matrimonios que creen positivo tener hijos por medio de las técnicas de
reproducción asistida, aunque éstas lleven consigo inevitablemente la
destrucción de embriones; padres buenos y piadosos solicitan para sus hijos
subnormales la esterilización, porque tratan con ello de evitar el embarazo de
la incapaz; madres a quienes se diagnostica la grave deficiencia del niño que
crece en su seno abortan para evitarle una vida desgraciada. En todos estos
casos el fin - visto como bueno subjetivamente - lleva a cometer gravísimos
males objetivos.
En
principio, todos afirman que el fin no justifica los medios, pero en la vida
práctica y concreta - en el caso particular que a cada uno preocupa - por
desgracia no se guarda coherencia entre el eso muchas personas buenas defienden
que, si no les afectasen personalmente, les parecerían inadmisibles.
Con la
eutanasia se está produciendo un fenómeno como el descrito: algunas personas que
se horrorizarían sólo de pensar que alguien pueda matar a su padre, su esposa o
su hijo, comprenden la eutanasia bajo la presión de la imagen del dolor, la
enfermedad o la degradación: física, sin ser consecuentes con la realidad de que
la eutanasia implica matar, por muchos eufemismos con que se disfrace esta
acción.
48. Pero
hay ocasiones en que la vida de algunos enfermos o discapacitados es casi sólo
vegetativa. ¿No deberían considerarse estas situaciones con otro criterio?
En efecto,
hay personas que piensan, incluso de buena fe, que hay situaciones en las cuales
la vida humana está tan deteriorada, que no puede decirse que sea propiamente
humana, es decir, propia de seres racionales y libres: un enfermo con una lesión
cerebral irreversible, en estado de inconsciencia, conectado a un respirador,
puede mantenerse así mucho tiempo, pero vive una vida puramente vegetativa, es
como un vegetal; su vida no puede decirse que sea propiamente humana; un
deficiente profundo, incapaz de expresarse y aun de conocer, inmerso
irreversiblemente en las tinieblas de su mente dañada, sólo con sarcasmo puede
decirse que lleve una vida humana. Para quienes así razonan, el mantener a estas
personas con vida es, más que un acto de protección y respeto, una forma de
tortura disfrazada de humanitarismo. Es necesario, pues - concluyen -,
plantearse seriamente la legalización de la eutanasia para estos casos extremos
y definitivos, por doloroso que sea, porque una vida así no merece ser vivida.
49. ¿Y no
es aceptable este argumento?
No lo es,
porque el derecho a la vida deriva directamente de la dignidad de la persona, y
todos los seres humanos, por enfermos que estén, ni dejan de ser humanos ni su
vida deja de merecer el máximo respeto. Olvidar este principio por la visión
dramática de minusvalías profundas conduce inexorablemente a hacer depender el
derecho a la vida de la calidad de ésta, lo que abre la posibilidad de colocar
la frontera del derecho a la vida con arreglo a "controles de calidad" cada vez
más exigentes, según el grado de egoísmo o de comodidad que impere en la
sociedad.
Este proceso
se llevó al extremo con los programas eutanásicos a gran escala de la época
nazi, que se iniciaron también con un caso límite de "muerte por compasión", el
de un niño ciego y subnormal con sólo dos extremidades, internado a finales de
1938 en la crónica pediátrica de la Universidad de Leipzig; la abuela
de ese niño solicitó a Hitler que le garantizase la "muerte por compasión", cosa
que ocurrió seguidamente. A partir de entonces, Hitler ordenó poner en marcha un
programa que aplicase los mismos criterios de misericordia" a casos similares.
El 18 de agosto de 1939 se dispuso la obligación de declarar a todos los recién
nacidos con defectos físicos.
La
experiencia del nazismo no es de la remota antigüedad o de un pueblo salvaje y
primitivo, sino de mediados del siglo XX y de uno de los pueblos más
tecnificados y cultos de su época. Tampoco se refiere a un pueblo señaladamente
sanguinario e inhumano, sino a un pueblo normal, en el que sólo unos 350 de los
90.000 médicos alemanes aceptaron la realización de estos crímenes, con los
resultados escalofriantes que después se han conocido. Y todo esto fue posible
porque se aceptó la teoría de las "vidas humanas sin valor vital", es decir, las
vidas que, por su precariedad, no merecen ser vividas.
Este
argumento en favor de la eutanasia se sustenta también en otro error grave, que
es el de concebir al cuerpo humano como un objeto, contrapuesto al propio hombre
como sujeto; según eso, el hombre seria el sujeto, que "tiene" un cuerpo al que
puede utilizar, manipular, incluso suprimir, en aras de la dignidad de ese
sujeto personal. Este error profundo niega la realidad humana, al negar que el
ser humano es cuerpo y espíritu, cuerpo y mente, y que ambos elementos
constituyen al ser humano de manera indisociable.
La persona
humana no es el mero espíritu, al que convendrían las cualidades de la persona
como sujeto: libertad, responsabilidad, valor moral, etc., mientras que el
cuerpo sería un mero objeto, perteneciente al orden de las cosas, y por lo tanto
carente de valor moral y de dignidad merecedora de respeto. Si se incurre en
este error antropológico, es inevitable acabar defendiendo la eliminación de
aquellos seres humanos a quienes la cárcel de sus cuerpos defectuosos impide el
desarrollo pleno de su humanidad. Pero la persona humana no es un sujeto
pensante y libre que se haya instalado en un cuerpo; la persona humana es
(también) cuerpo, y por eso el respeto a la dignidad de la persona es
absolutamente incompatible con la falta de respeto radical al cuerpo, hasta el
punto de suprimirlo por ser gravemente deficiente.
50. Si son
así las cosas, ¿no se manipula también el significado de las palabras al hablar
de "vidas verdaderamente humanas"?
Sin duda
alguna. La expresión "vida vegetativa", que es un tecnicismo que expresa la
realización de determinadas funciones vitales, evoca la noción de "vegetal", con
lo que se trivializa la muerte de un ser humano deficiente, al asimilarlo
vagamente a una especie de planta. Por otra parte, la expresión "vida
verdaderamente humana", aplicada a estos casos, se emplea metafóricamente, en el
sentido de que es una vida humana plenamente lograda, en posesión de todas sus
posibilidades, en contraste con una vida disminuida de hecho. Pero es evidente
que la vida de un ser humano, por deteriorada que esté, no puede dejar de ser
una vida humana. Y mediante esta metáfora se pretende justificar una
consecuencia - la muerte física - que nada tiene de metafórico.
51. ¿No
puede ser la eutanasia una manifestación de solidaridad social?
Los
defensores de la eutanasia así lo exponen conforme a la siguiente argumentación:
la enfermedad, invalidez o vejez de algunas personas ha llegado a extremos que
convierten esas vidas en vidas sin sentido, inútiles y aun seriamente gravosas,
no sólo para los familiares y allegados, sino también para las arcas públicas,
que tienen que soportar cuantiosísimos dispendios en prestaciones sanitarias de
la Seguridad
Social y subsidios de diversa índole, con la carga que eso
supone para los contribuyentes. Estas situaciones se prolongan, además, gracias
a los avances de la investigación científica que han logrado alargar
considerablemente las expectativas de vida de la población. Por consiguiente, el
Estado tiene el derecho, y aun el deber, de no hacer que pese sobre la
colectividad la carga del sostenimiento de estas vidas sin sentido. El efecto de
esta acción redundará en beneficio del conjunto de la colectividad, lo que no
deja de ser una manifestación de solidaridad social.
El argumento
de las "vidas improductivas", por razones fáciles de comprender, nunca se
plantea en los inicios del debate social sobre la eutanasia, pero tampoco faltan
quienes, en foros restringidos o en ambientes académicos, mencionan las "vidas
sin sentido" como candidatas a la eutanasia por razones socioeconómicas.
52. ¿Es
aceptable esta argumentación?
No lo es en
manera alguna. El sacrificio de seres humanos enfermos, ancianos o impedidos
para que no resulten gravosos a los familiares, o para mejorar las condiciones
económicas de la colectividad es una manifestación de totalitarismo, es decir,
de prevalencia de la colectividad sobre los individuos hasta el extremo de
despreciar el derecho de éstos incluso a vivir si son un estorbo para aquella.
Por duro que resulte, se hace preciso recordar lo que ocurrió en el régimen
hitleriano, donde bajo el nombre de eutanasia lo que se acabó realizando fue el
genocidio de los considerados "parásitos inútiles", esto es, "vidas sin
sentido", según el eufemismo de quienes propugnan la eutanasia por razones
socioeconómicas.
De nuevo
aparece aquí la perversión profunda de los valores humanos y sociales, y queda
enmascarada bajo una presunta "solidaridad social" la manifestación más atroz de
insolidaridad, que consiste en la eliminación física de los conciudadanos
gravosos, molestos o Inútiles. No estamos, pues, aquí, sólo ante una
tergiversación del sentido de las palabras, sino ante su completa vuelta del
revés.
53. Si
tan rechazable es la eutanasia, ¿cómo es que hay personas y grupos que promueven
socialmente su aceptación?
El hecho de
que ciertas legislaciones, o determinados comportamientos sociales, sean
rechazables y aun monstruosos, no significa que sean vistos siempre así por
todos en todas las épocas. La historia está plagada de ejemplos a este respecto.
En el caso de la eutanasia en este tiempo presente, lo primero que hay que decir
es que las personas y los grupos que apoyan una legislación eutanásica
constituyen una minoría exigua en relación con el conjunto de la sociedad. Pero
esto no quiere decir que en un futuro no pueda aumentar esta proporción, porque
es perceptible que están en marcha campañas de influencia sobre la opinión
pública en este sentido.
54.
¿Existen estas campañas? ¿En qué consisten?
Por
desgracia, existen, del mismo modo que existen en relación con el aborto, según
se ha podido saber cuando algunos de sus promotores comprendieron el alcance
terrible de su trabajo, se arrepintieron públicamente y dieron a conocer las
técnicas de que se hablan servido para intoxicar a la opinión pública.
Las campañas
tendentes a promover opiniones favorables a la eutanasia suelen desarrollarse de
esta manera:
Ø
lo primero que se
presenta es un "caso límite": se busca un ejemplo de situación terminal
especialmente llamativa que excite la sensibilidad colectiva para justificar la
eutanasia en ese caso tan dramático y singular. Admitido un caso, desaparecen
las razones serias para no admitir otros parecidos, y otros más, en una
pendiente cada vez más permisiva. Es el mismo proceso que hemos visto ya
respecto al aborto: aquí la niña oligofrénica violada por su padre es sustituida
por el enfermo intubado con funciones sólo vegetativas, para generar un
sentimiento de compasión en la opinión pública que la conduzca a estar a favor
de que se arregle ese "problema". A la vez se silencia que "arreglar ese
problema" supone matar, como en las campañas pro aborto se oculta que "arreglar
el problema" de la niña violada es, en la propuesta abortiva, matar a un ser
humano.
Ø
esto se complementa con
eufemismos ideológicos y semánticos, aprovechando la complejidad conceptual y
terminológica que reviste el fenómeno de la eutanasia según se ha explicado en
el capítulo I. Así, no se hablará nunca de "matar al enfermo" o, más suavemente,
de "quitarle la vida" siquiera, sino de "ayudarle a morir", facilitarle la
"culminación de la vida", lograr su "auto liberación", etc., eufemismos que
intentan apartar la atención de la realidad material de lo que se preconiza: que
un hombre pueda impunemente matar a otro.
Ø
paralelamente, a los
defensores de la vida frente a la eutanasia la se les procura presentar como
retrógrados, intransigentes, contrarios a la libertad individual y al progreso,
etc.; de este modo el debate se distrae y no se escuchan con serenidad y
ecuanimidad las opiniones a favor de la dignidad humana, sino a través de los
prejuicios creados sobre sus defensores.
Ø
como quiera que muchas
confesiones religiosas, especialmente las de raíz cristiana - no sólo
la Iglesia
Católica, desde luego -, reaccionan vivamente contra los
intentos de legalizar la eutanasia dada su gravedad moral, se pretende
transmitir la falsa idea de que la eutanasia es una pura cuestión religiosa,
íntima, de mera conciencia individual, y que, por lo tanto, mientras la
eutanasia no sea obligatoria debe aceptarse en una sociedad pluralista.
Como
complemento de estas estrategias se promueven encuestas para afirmar a
continuación que la mayoría de los ciudadanos, de los médicos o de los enfermos
de cáncer están a favor de la eutanasia. La experiencia universal en materia de
eutanasia es que esas encuestas no son fiables, dada la confusa terminología al
respecto y los componentes emocionales del tema: según cómo se planteen las
preguntas y se interpreten las respuestas se pueden conseguir resultados
interpretables de cualquier manera. Recientemente en España hemos visto un caso
modélico al respecto: los titulares de prensa anunciaban que, según una
encuesta, la mayoría de los médicos de Barcelona estaban a favor de la
eutanasia. Analizado el contenido real de tal encuesta, resulta que los tales
médicos están en contra de la obstinación terapéutica y en contra de la
eutanasia, es decir, opinan lo mismo que lo que expresa este documento, pero su
opinión ha sido manipulada en servicio de una idea que no comparten.
55. Sin
embargo, ¿no es verdad que pretender que la eutanasia sea perseguida como delito
supone que una parte de la soledad pretende imponer a otra parte su propia moral
o religión?
No, en modo
alguno. La defensa de la dignidad de la persona y de sus derechos, incluido el
primero de ellos, que es el derecho a la vida, ha de ser fin primigenio de la
sociedad y del Estado, pues de lo contrario la institucionalización por la
sociedad del poder público y los instrumentos de éste, como el Derecho, no
serían más que expresión de violencia al servicio de la pura fuerza.
Defender la
vida frente a la eutanasia (como frente al aborto provocado) no es una postura
religiosa, sino humanista, aunque a ella puedan coadyuvar motivos religiosos en
el caso de los creyentes.
Las
sociedades y los Estados tienen obligación de poner los medios, también los
jurídicos, para que no se mate a seres humanos, y por tanto, también para que no
se practique la eutanasia, que es una forma de matar; del mismo modo que tienen
obligación de poner los medios para que no se asesine, se viole o se robe.
Cuando el Estado prohibe y sanciona la violación no está defendiendo la moral
católica de forma intransigente frente a otras opiniones, aunque coincida con la
moral católica en que la violación debe ser rechazada. Lo mismo sucede respecto
a la eutanasia.
56. Si, a
pesar de todo, en una nadan concreta se diese un consenso mayoritariamente
favorable a la eutanasia en determinados casos especialmente graves ¿no sería
admisible tal práctica en esos casos?
No. Lo único
que pasara es que los poderes públicos no perseguirían ni castigaran a quienes
mataren a otros en los supuestos eutanásicos, porque habrían admitido la
legitimidad de la violencia y la pura fuerza como criterio regulador de la
relación entre los particulares.
En tal caso
la eutanasia regula siendo lo que realmente es: el acto por el que un ser humano
da muerte a otro. Y este acto - aunque se haga con el beneplácito de las leyes -
es intrínseca y esencialmente reprobable, como lo es discriminar a la mujer
respecto al hombre en Irak, o torturar y matar judíos, o anticomunistas, o
comunistas en la
Alemania nazi, la Camboya Jmer o ciertas
dictaduras hispanoamericanas recientes, respectivamente. El que las leyes y los
poderes públicos amparen conductas contrarias a la dignidad humana no hace a
tales conductas lícitas, sino a tales leyes rechazables e ilegítimas por
inhumanas.
57.
Respecto a la eutanasia ¿se limitan las obligaciones de la sociedad a su
persecución como delito?
Evidentemente, no. La
sanción penal es una última garantía frente a las actitudes homicidas, pero no
es ésta la única medida operativo en el terreno real en que se evita la
eutanasia: Tan importante, o acaso más, y desde luego previa a la norma penal,
es la actitud de las personas y los grupos sociales frente al enfermo, al
anciano, al minusválido.
La
mentalidad eutanásica prospera mejor en un clima social de rechazo a todo lo que
suponga sacrificio, esfuerzo por el otro, preeminencia de lo inmaterial sobre lo
material. Si los valores predominantes son el culto al cuerpo, el bienestar
material, el egoísmo ajeno a la solidaridad humana, el desprecio a la familia y
el economicismo materialista - y ésta es una realidad en auge en nuestra
sociedad -, nada de extraño tiene que una concepción de la vida basada en el
puro pragmatismo utilitarista caracterice la actitud de algunos frente a quienes
son vistos no como seres humanos, sino como fuentes de gastos que no aportan
ingresos; no como miembros queridos de la familia, sino como obstáculos
inadmisibles para el desarrollo personal; no como pacientes, sino como
sobrecarga absurda de trabajo sin sentido.
Si queremos
que en nuestra sociedad los hábitos de conducta y los valores respetados sean
coherentes con un deseable humanismo y, por tanto, reacios a prácticas como la
eutanasia, será preciso que en tal sociedad:
Ø
la muerte no sea un tema
tabú, sino un hecho natural que forma parte de la vida humana como el nacer, el
crecer, la condición sexuada o la inteligencia; nadie - ni jueces, ni
legisladores, ni médicos - se pueda atribuir el derecho a decidir que algunos
seres humanos no tienen derechos o los tienen en menor grado que los demás por
sus deficiencias, color, sexo, edad o estado de salud;
Ø
la familia sea respetada
y querida como ámbito natural de solidaridad entre generaciones, en las que se
acoge, se protege y se cuida a los miembros sanos y a los enfermos, a los
jóvenes y a los ancianos, a los no deficientes y a los que lo son;
Ø
no se considere la
organización hospitalaria como el ámbito en el que son abandonados los enfermos
y ancianos, sino que el hogar vuelva a ser lugar de acogida natural en la
enfermedad y ancianidad y donde la muerte se viva con cariño y lucidez;
Ø
surjan iniciativas
sociales de atención a los enfermos terminales en un clima humano, respetuoso
con la persona y su dolor y técnicamente preparado para ayudar a afrontar
dignamente la muerte sintiéndose persona, como es el caso de los "hospices"
británicos inspirados por la doctora Cicely Saunders, obra que hace más para
evitar la eutanasia que un millón de discursos;
Ø
la
Medicina se oriente hacia la
atención de la persona, no limitándose a un puro esfuerzo tecnológico por
alargar la vida.
Este último
aspecto merece una especial atención, pues la mentalidad eutanásica transforma,
aun sin quererlo, a los médicos en una especie de verdugos, y se hace preciso
que los médicos sean impulsores y protagonistas de una práctica médica
preocupada por el hombre y su dignidad en la línea de lo que hoy - como hemos
visto antes - se conoce como Medicina paliativa.
V. EL ESTADO ANTE
LA EUTANASIA
58. La
cuestión de la eutanasia, ¿es un problema político?
Lo es, sin
duda, porque uno de los deberes primordiales del Estado es el de respetar y
hacer respetar los derechos fundamentales de la persona, el primero de los
cuales es el derecho a la vida, y la eutanasia no es sino la destrucción de
vidas humanas inocentes en determinadas condiciones.
59.
¿Reconoce el ordenamiento jurídico español el derecho a la vida?
Sí.
La
Constitución española reconoce el derecho a la vida de todos
los seres humanos, y el resto de las leyes, en especial el Código Penal,
protegen este derecho prohibiendo todo atentado contra la vida de cualquier ser
humano e imponiendo las más severas penas a quien quita la vida a otro.
No obstante,
en los últimos años algunas leyes han roto el tradicional principio de
protección absoluta del derecho a la vida, permitiendo, o no castigando, el
atentar contra la vida de los concebidos y aún no nacidos mediante el aborto, o
la destrucción de los embriones humanos creados en el laboratorio. Tales leyes
sobre el aborto y las técnicas de procreación artificial han abierto una brecha
en la línea coherente de protección jurídica de la vida humana, que algunos
pretenden ahora a - ampliar aún más mediante la permisión de la eutanasia.
Por el
contrario, también en los últimos años, se va extendiendo un consenso ético
sobre la necesidad de prohibir la pena de muerte, prohibición que loablemente
establece la
Constitución española.
60. ¿Cómo
protegen las normas jurídicas y los Estados el derecho a la vida de los seres
humanos?
Los Estados
se comprometen activamente en la defensa de la vida humana mediante muchas de
sus actividades, y también a través de leyes y otras normas jurídicas.
Las normas
que regulan el tráfico rodado o la existencia y funcionamiento de hospitales,
las instituciones como la policía o el ejército, la lucha contra las epidemias,
la práctica de las profesiones sanitarias; las normas sobre seguridad en el
trabajo, la regulación de la calidad de los alimentos, y mil actividades y leyes
más que el Estado promueve o ampara, son otras tantas expresiones del compromiso
del Estado y de la sociedad en la defensa de la vida humana y de su calidad.
Como de
todos modos resulta imposible evitar que aparezcan quienes, por unos motivos u
otros, se niegan a respetar el derecho a la vida de los demás, todos los pises
civilizados protegen también penalmente la vida humana, considerando como delito
los ataques a la vida, y amenazando a quienes lo cometan con los castigos más
graves que existen en cada país. En España, la ley que protege la vida humana
mediante la amenaza de cárcel es el Código Penal.
61. ¿Cómo
protege el Código Penal español la vida humana?
El Código
Penal español protege la vida humana considerando como delito toda acción
voluntaria realizada por una persona para matar a otro ser humano; y
estableciendo que a quien mate a otro se le impondrá la pena de privación de
libertad más grave que existe en España.
Los delitos
contra la vida humana que establece y castiga el Código Penal llevan distintos
nombres según las circunstancias del crimen, del criminal o de la víctima:
aborto, si se mata a un no nacido; infanticidio, si se mata a un recién nacido
para evitar la deshonra de la madre; asesinato, si se mata a otro en
circunstancias que conllevan una especial maldad (a cambio de dinero, con
premeditación, con ensañamiento, etc.); parricidio, si se mata a ascendientes,
descendientes o cónyuge, y homicidio, si se mata a otro sin que concurra ninguna
de las circunstancias mencionadas.
Existen
otros delitos previstos en el Código Penal que también pretenden proteger, entre
otras cosas, a la vida humana: son, por ejemplo, el no socorrer a quien está en
peligro, o prestar ayuda a otro para suicidarse, o provocar incendios o
inundaciones... y otros muchos más.
62. ¿No
distingue el Código Penal el castigo que merece quien mata a otro según sea el
grado de salud de la víctima, o la utilidad de su vida?
Dejando
ahora de lado la cuestión del aborto, que no es el tema que nos ocupa, el Código
Penal protege a todo ser humano y su derecho a vivir frente a cualquiera que lo
quiera matar. Da lo mismo que la víctima esté sana o enferma, sea recién nacida
o anciana, útil o inútil para la sociedad, deficiente física, sensorial o
psíquica, o sana. También da lo mismo que quien mata lo haga por crueldad o por
compasión, por motivos ideológicos o por cualquier otra motivación: Matar a otro
siempre es delito, y el que lo comete es castigado con la pena correspondiente.
Es lógico
que así sea, porque todo ser humano tiene a la vida por el mero hecho de
pertenecer a la especie humana, por ser ida por el mero uno de nosotros, con
independencia de su edad, raza, grado de salud o cualquier otra circunstancia.
Este es un convencimiento básico de la humanidad, fundamento de la conciencia
ética, que, gracias al progreso moral y jurídico de los hombres y las naciones,
ha llegado a ser afirmado por todas las sociedades civilizadas y protegido por
todos los ordenamientos jurídicos.
63. ¿No
es cierto, sin embargo, que ha habido culturas y civilizaciones que han admitido
la legitimidad de suprimir la vida de determinadas personas (de otra raza o
tribu, esclavos, inútiles por su edad o su enfermedad, etc.)?
Efectivamente. Casi
siempre en la historia de la
Humanidad han convivido en permanente tensión el ideal por
garantizar el respeto a la vida en las costumbres y las leyes, por un lado, y,
por otro, formas de relación humana basadas en la violencia, o en ideologías o
prejuicios que niegan que determinados grupos de seres humanos merezcan vivir.
Según las
diversas épocas y culturas, se ha negado por algunos el derecho a vivir de los
que pertenecen a otras naciones u otras tribus, de quienes son de otra raza o
caen en esclavitud, de los ancianos y enfermos, o de las mujeres o los recién
nacidos defectuosos. Pero frente a estas costumbres, ideas o leyes inhumanas,
siempre - en todos los pueblos y épocas - ha ido abriéndose paso la idea ética
de que todos los seres humanos son esencialmente iguales y tienen derecho a la
vida sean cuales fueren su raza o las diversas circunstancias de su vida. Hay
que añadir que en cada época se tiende a ver como prácticas inadmisibles las
brutalidades que en la época anterior se consideraban como algo normal, pero
desaparece el sentido cirrótico y se cierran los ojos, consciente o
inconscientemente, ante las barbaridades que la propia época admite en sus leyes
o sus usos sociales.
La
Humanidad ha ido eliminando
progresivamente las costumbres y las leyes inhumanas. Así, la esclavitud, la
tortura, el racismo, el infanticidio, el abandono de ancianos y enfermos, el
menosprecio a la mujer, han ido desapareciendo - con altibajos - de las
costumbres de los pueblos más civilizados. La influencia del cristianismo en la
cultura occidental ha ido extendiendo la idea clara del no matarás", que va
calando a medida que se descubre la profundidad de las aplicaciones prácticas de
este mandamiento.
Aunque nunca
se ha perdido del todo la conciencia ética del respeto que merece todo ser
humano, en cada época algunos grupos sociales se han convencido así mismos de
que hay algunos seres humanos que no tienen derecho a vivir: así ha ocurrido con
respecto a los negros, los esclavos, los judíos, los aristócratas, los
burgueses, los campesinos, los de otra nación, los no nacidos o los llamados
"inútiles" porque, por su salud precaria o su edad avanzada, ya no son
productivos y resultan una carga.
64. En
nuestros días, ¿se ha superado ya esta contradicción?
En nuestros
días vivimos la experiencia, bastante común en la historia, de una cultura que
defiende con energía la dignidad de la persona y se compromete en la defensa de
los derechos humanos, pero que, a la vez e incongruentemente, presta su
tolerancia y aun su apoyo a prácticas como el aborto provocado o la eutanasia,
opuestas a los derechos inalienables de la persona. Esto significa que la
tensión referida más arriba se da hoy como en otras épocas, y es responsabilidad
de todos el lograr que, aquí y ahora, la exigencia de respeto a todos los seres
humanos no admita excepciones.
65. ¿Qué
dice el Código Penal español sobre la eutanasia?
Nuestras
leyes no mencionan el término "eutanasia" en absoluto. El Código Penal no
contiene ninguna regulación especial de la eutanasia, pues considera homicidio
tanto al que se comete por "compasión" o para evitar el dolor como al que se
comete por cualquier otro motivo. Matar es siempre delictivo para las leyes
españolas, sin que importe el motivo.
66. ¿Qué
establecen nuestras leyes sobre el suicidio?
El suicidio
es lícito en nuestra legislación, como sucede en la mayoría de los países de
nuestra cultura. Nuestras leyes no admiten el derecho a suicidarse. Sin embargo,
el suicidio no se considera delito por obvias razones prácticas: si el que
quiere quitarse la vida lo logra, ya no hay a quien castigar; y si no lo logra,
amenazarle con la cárcel sólo servía para agravar sus deseos de suicidio.
67.
¿Significa esto que el Derecho se abstiene de todo juicio sobre el suicidio?
No. Para el
Derecho español, el suicidio es una conducta lícita, y por eso se considera
delito tanto la conducta de quien induce a alguien a suicidarse como la del que
ayuda a otro a quitarse la vida. El artículo 409 del Código Penal establece que
"el que prestare auxilio o induzca a otro para que se suicide será castigado con
la pena de prisión mayor; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo
la muerte será castigado con la pena de reclusión menor".
Como puede
verse, se castiga tanto la inducción y el auxilio al suicidio como el llegar a
quitar la vida a quien quiere suicidarse. Esta última figura se conoce
habitualmente como "homicidio suicidio" u "homicidio consentido", y se le impone
la misma pena que al homicidio a secas, porque para nuestro Código Penal, como
para la ética, matar a otro es tan reprobable si se hace con su consentimiento
como sin él.
68. ¿No
es la eutanasia una forma de homicidio consentido?
La eutanasia
siempre es matar a otro, con o sin su consentimiento, por presuntos motivos de
compasión o para evitarle dolores o situaciones dramáticas. Para nuestro Código
Penal, la eutanasia es homicidio, y si se practica a petición de la víctima es
el "homicidio suicidio" antes mencionado. En todos los casos la pena sería la
misma.
69. Según
esto, ¿no es legítima la decisión de una persona de disponer de su propia vida?
No. En la
conservación de la vida humana existen a la vez intereses individuales y
sociales; y ni los primeros pueden prevalecer sobre los segundos en
exclusividad, ni los segundos sobre los primeros.
Ningún ser
humano es una realidad aislada, fuente autónoma y exclusiva de derechos y
obligaciones. Todos somos solidarios por la mutua interacción entre padres e
hijos, entre cada uno y el resto de la sociedad; por eso nadie tiene derecho a
eliminar la vida, aun la propia. Así lo ha entendido la tradición jurídica
occidental, que ha negado toda validez al consentimiento prestado para recibir
la muerte, al considerar el derecho a la vida como indisponible, es decir, como
un "derecho - deber".
Por eso, en
nuestro Derecho el auxilio al suicidio es delito, el homicidio consentido se
castiga con la misma pena que cualquier otro homicidio, y el no evitar un
suicidio pudiendo hacerlo es también delito: el delito de omisión del socorro
debido. Y por las mismas razones, nuestros Tribunales han reconocido el derecho
a alimentar forzosamente a quienes se ponían en peligro de muerte por huelgas de
hambre, o el derecho de los médicos a salvar la vida de quienes la pusieron en
riesgo al intentar suicidarse, o el derecho de los jueces a autorizar actos
médicos tendentes a salvar vidas de pacientes que se niegan a recibir
tratamientos normales que no implican riesgos.
70. ¿Por
qué el Estado ha de impedir a las personas renunciar al derecho a vivir y, en
cambio, les permite renunciar a otros derechos, como votar, casarse, asociarse,
etc.?
Porque la
renuncia a ejercitar el derecho a casarse, a votar, a asociarse o a opinar sobre
una materia determinada, por ejemplo, se refiere a derechos que no quedan
anulados, sino que en otras circunstancias pueden ejercitarse. Estos derechos -
libertades no se pierden por la renuncia a su ejercicio en un momento concreto.
Existen, sin
embargo, otros derechos de la persona que, de renunciarse a ellos, la misma
persona o su dignidad quedarían anuladas. En esos casos, el Estado y el Derecho
niegan validez a la expresión de voluntad de quien renuncia a ellos. Eso ocurre
con el derecho a la vida: si una persona pretende darse muerte o pide que otros
la ayuden a morir, está anulando su dignidad y sus derechos con carácter
definitivo; por eso el Derecho no se desentiende de esa decisión, sino que la
considera ineficaz y obliga a poner los medios para evitar que sea irreversible.
Además, el
argumento del pretendido derecho del enfermo a decidir él como y el cuándo de la
propia muerte tropieza con un obstáculo insalvable en la práctica. En la medida
en que su propia situación clínica lo incapacita para suicidarse, el titular de
ese supuesto derecho no puede ejercer él solo su autodeterminación, sino que ha
de incorporar necesariamente a su decisión a otras personas. Al tratarse de un
derecho del enfermo que afecta a su misma vida, esas personas vendrían obligadas
a respetarlo, puesto que contra el ejercicio de los derechos humanos no cabe la
objeción de conciencia. Se llegaría así a crear una "obligación de matar",
disparate que no sólo repugna a la más elemental noción de libertad, sino
también al sentido común.
71. ¿Es
el derecho a la vida el único irrenunciable?
Ciertamente,
no. Son muchos los derechos irrenunciables por su titular en las sociedades
modernas. No se admite la renuncia a la integridad física, al derecho a la
educación, a condiciones de trabajo dignas, etc. El consentimiento de una
persona a que la mutilen o lesionen no evita que quien mutila o lesiona cometa
un delito; o el deseo de un muchacho y sus padres de renunciar a recibir la
instrucción básica no es tenido en cuenta por el Derecho y el Estado, que
obligan al joven a recibir la educación que las leyes definen como obligatoria.
En materia
laboral el ejemplo es muy claro y nos es próximo: en nuestra sociedad existen
muchas personas dispuestas a trabajar en condiciones higiénicas o de seguridad
inferiores a las exigidas por las leyes, o a trabajar más horas que las
permitidas o por menos salario que el fijado legalmente como mínimo; sin
embargo, el Derecho y el Estado no reconocen validez al consentimiento de esas
personas, e imponen obligatoriamente el respeto a los derechos de los
trabajadores aun en contra de la voluntad de éstos. En un caso extremo, piénsese
la opinión que merecería un contrato voluntario de esclavitud.
Razones más
importantes concurren todavía para que el Estado y sus leyes consideren
irrenunciable el derecho a la vida, que hace posibles todos los demás y que si
se pierde ya no es recuperable, pues es la base por el bien que protege: la vida
de la propia dignidad humana.
Lo mismo
sucede con el cinturón de seguridad en los coches: al ciudadano puede apetecerle
o no ponérselo, pero el Estado le obliga a ello amenazándole con una sanción si
no respeta esta obligación. La razón es que se da por supuesto que la vida de
cada uno no es sólo de su particular y privado interés, sino que la sociedad
está legitimada para exigir que cada uno asegure que no arriesga gratuita o
imprudentemente su vida.
72.
¿Existe doctrina del Tribunal Constitucional sobre si la Constitución admite o no el
derecho a morir?
El Tribunal
Constitucional español ha afirmado en varias sentencias que nuestra Constitución
no reconoce un derecho a acabar con la propia vida.
El Tribunal
Constitucional ha negado que exista un derecho a morir protegido por
la
Constitución, cuando se le ha planteado la legitimidad de
la
Administración y los Tribunales para ordenar la alimentación
forzosa de terroristas encarcelados y en peligro de muerte por huelga de hambre
(cfr. Sentencias 120/1990, de 27 de junio y 137/1990, de 19 de julio, entre
otras).
73.
Entonces, ¿hay que suponer que es imposible que en España se legalice la
eutanasia, por ser anticonstitucional?
No. No es
imposible que el Tribunal Constitucional llegue a dar su visto bueno a la
eutanasia. Los magistrados que lo integran pueden, aun de buena fe, buscar
argumentos para dar por bueno lo que la mayoría del Parlamento quiera, aunque
esto se oponga a lo que ya han sentenciado en otros casos, en que negar el
derecho a morir era lo que solicitaba el abogado del Estado en nombre del
Gobierno.
74. ¿Y no
hay una contradicción entre la negación del derecho a matarse y la consagración
de la libertad como uno de los valores superiores por la propia Constitución?
No la hay.
Si la libertad, entendida como la capacidad del ser humano para hacer cualquier
cosa que quisiera, fuese fuente absoluta e incondicionada de derechos, no
existirían los ordenamientos jurídicos, ni la sociedad, ni el Estado, pues cada
persona determina por sí misma lo que es justo o injusto, bueno o malo,
permitido o prohibido; y serían ilegítimos el Parlamento, los Tribunales, los
Gobiernos, las leyes y los derechos humanos.
La libertad,
como valor superior reconocido en la Constitución, se hace e .
efectiva en los derechos que ésta garantiza en concreto, y no puede ser disculpa
ni para negar tales derechos ni para violar el resto de las leyes. Así lo ha
entendido el Tribunal Constitucional español con acierto en las Sentencias antes
citadas.
El suicidio
jamás ha sido considerado un derecho del hombre. De hecho, cuando se redactó
la Declaración
Universal de los Derechos Humanos en las Naciones Unidas, ese
pretendido derecho no se incluyó, y no fue por omisión involuntario, ya que hubo
varias propuestas de que se incorporase a la Declaración, y fueron rechazadas.
Se dirá que en otro momento histórico futuro podría ocurrir al revés, y es,
efectivamente, pero eso no cambiaría la realidad profunda de las cosas. La
mención de la situación actual se aduce aquí sólo como constatación de un hecho
cierto.
75.
Entonces, ¿no es coartar la libertad y la autonomía individual el negar al ser
humano la capacidad de decidir cuándo y cómo quiere morir?
No lo es,
porque no tiene sentido contraponer el derecho a la libre autodeterminación de
la persona - como expresión de su dignidad - al bien de la vida humana, puesto
que la vida humana, cualquiera que sea su estado de plenitud o de deterioro, es
siempre vida personal, y por lo mismo goza indisociablemente de la dignidad
indivisible de la persona, realidad unitaria de cuerpo y espíritu.
Enfrentar
como incompatibles, aunque sea en determinadas circunstancias, la libertad y la
vida equivaldría a la contradicción de realizar, en nombre de la dignidad de la
persona como sujeto libre, un acto contra la dignidad de la persona, puesto que
la vida, que es un bien fundamental de la persona, goza de su misma dignidad.
En este tipo
de planteamientos de la libertad y la autonomía individual se esconde la falacia
de considerar la libertad como un bien desligado de toda referencia a la verdad
y el bien de la persona. El pretendido derecho a acabar con su vida no es para
el hombre una afirmación de su dignidad, sino el intento de negarla en su misma
raíz.
El pretender
que el hombre no es plenamente libre si no le está permitido decidir su propia
muerte entraña un sofisma tan pueril como el afirmar que Dios no es omnipotente
porque hay algo que no puede hacer: el mal, es decir, no puede ir contra Sí
mismo.
76. Sin embargo, esta idea está muy extendida incluso entre personas tenidas
por ilustradas. ¿Por qué?
Porque está
muy extendida una concepción subjetivista de la ética y el Derecho, que tiene su
fundamento en negar al ser humano la capacidad de averiguar por sí mismo la
realidad objetiva de las cosas, convirtiendo la voluntad individual en la única
fuente de moralidad y a la postre - potencialmente - de la legalidad.
Esta forma
de pensamiento, muy vinculada a la orientación básica de la llamada filosofía
moderna (el racionalismo cartesiano y sus derivados y epígonos), tiene sus
manifestaciones prácticas más llamativas hoy en un desprecio antiecológico de la
naturaleza, considerada como ilimitadamente manipulable por la voluntad humana,
y en el positivismo jurídico, que considera a la voluntad legislativa como
creadora de Injusticia y los derechos y, por tanto, legitimada para negarlos o
suprimirlos.
Esta manera
de pensar tiene la consecuencia de relativizarlo todo, y hace depender toda
legitimidad del consenso social de cada momento, lo que nos lleva al absurdo de
considerar los derechos humanos no como patrimonio de todo hombre por el hecho
de serlo, sino como objetos a disposición de la voluntad mayoritaria.
Pero los
derechos humanos fundamentales, el primero de los cuales hay que repetirlo es el
derecho a la vida, no pertenecen al ámbito de la estadística, el juego de las
mayorías, la confesionalidad religiosa o el consenso social, por otra parte tan
propio de las sociedades democráticas en otras materias. Por el contrario, los
derechos humanos constituyen el fundamento mismo y la fuente de todo Estado de
Derecho sobre el que descansan las libertades y la democracia, y su
intangibilidad no deriva de su promulgación, sino de su inserción en la
naturaleza misma del ser humano. Olvidar esta realidad sólo puede conducir a una
organización social edificada sobre la ley del más fuerte - aunque esa fortaleza
se base en una mayoría legislativa - abriendo la puerta a todo totalitarismo,
por muy disfrazado de libertades con que paradójicamente se presente. Para
legislar con legitimidad hace falta la legitimidad de origen, pero ésta no
legitima a su vez cualquier clase de legislación. Es bien sabido que Hitler
llegó legítima y democráticamente al poder, pero eso no significa que el uso que
hizo de él no se basase en la ley del más fuerte. La elección democrática de los
legisladores y los gobernantes los legitima a ellos en cuanto tales, pero no a
todas sus decisiones, que serán correctas si se adecuan a la dignidad de la
persona, e ilegítimas si se oponen a ella.
El respeto a
la dignidad de la persona, cuyo presupuesto inexcusable es el respeto a su vida,
no es materia susceptible de adquirir o perder legitimidad mediante votación.
Por el contrario, pierde legitimidad el poder del Estado o la Cámara legislativa que
pretenda arrogarse la competencia de decidir discrecionalmente qué hombres
ostentan derechos humanos y cuáles no.
77. Sin
embargo, ¿no es evidente que el hombre usa de su libertad (bien o mal, eso es
otra cuestión) cuando decide su propia muerte?
Bajo el
término "libertad" se esconden dos realidades enteramente distintas. Por una
parte, cuando se habla de libertad se puede entender la mera facultad de hacer o
no hacer, de hacer una cosa u otra, sin más. Entendida de este modo, la libertad
no es más que la mera constatación de que el hombre puede actuar sin ser
coaccionado, pero se prescinde por completo de si lo que hace es bueno o malo,
justo o injusto, elogiable o repugnante. El ejercicio de la libertad así
entendida no nos dice nada sobre si lo que el hombre hace o deja de hacer es
admisible o recomendable ética o jurídicamente, o si, por el contrario, debe ser
evitado y, en su caso, perseguido y castigado.
Pero también
puede entenderse el término "libertad" para designar aquellas conductas humanas
que reflejan la posibilidad existente en el hombre de realizar lo mejor de que
es capaz, dando así una connotación ética a los actos que se consideran libres.
En este sentido, el hombre que mata, viola o roba no ejercita propiamente su
libertad; sí lo hace quien piensa, ama, vota o trabaja. En este segundo sentido,
el término "libertad" permite un examen de las conductas humanas que lleve a
algo más que a la mera constatación de que, de hecho, son posibles sin coacción.
La confusión
aparece cuando se pasa del primer sentido al segundo, como si la pura
circunstancia de que una acción es libre (en el sentido de que se realiza sin
coacción) significase que sólo por eso ya es moralmente aceptable y
jurídicamente defendible. Pero la experiencia demuestra que este salto lógico no
es posible. Si lo fuera, habría que admitir el absurdo de que la violación, el
atraco y la tortura, si se realizasen consciente y voluntariamente (es decir,
libremente, en el primer significado expuesto), en lugar de ser delitos
abominables serían derechos amparados por la ley.
En
definitiva, en cierto sentido puede decirse que el hombre usa su libertad cuando
decide su propia muerte, si toma esta decisión con plenitud de facultades y sin
ser coaccionado; pero que la use bien o mal no es "otra cuestión", sino
que es precisamente lo que importa, lo decisivo, a la hora de establecer un
juicio ético o jurídico sobre sus actos.
78. ¿Cómo
se formula el argumento de evitar la clandestinidad con el que algunos defienden
la legalización de la eutanasia?
Suele
expresarse de este modo: existen situaciones de extrema gravedad y
circunstancias dramáticas en las que unas personas dan muerte a otras por
compasión ante sus sufrimientos intolerables, o bien obedeciendo al expreso
deseo de quienes quieren abreviar su vida, por hallarse en la fase terminal de
una enfermedad incurable. Estas prácticas existen y, al no estar legalmente
reguladas, se desarrollan en la clandestinidad, con lo que se impide por
completo cualquier clase de control sobre los excesos o abusos que puedan
producirse. En consecuencia, hay que establecer una regulación de esos casos
remite.
Este es un
argumento que se repite siempre que se trata de legalizar, o de dejar impunes,
algunos atentados contra la vida de los inocentes, como el aborto y la
eutanasia, y no suele presentarse solo, sino que por lo general va acompañado de
consideraciones en torno al "derecho a morir", que ya hemos visto.
79. ¿No
es éste un argumento razonable, puesto que se refiere sólo a los casos más
dramáticos e irresolubles?
No,
ciertamente. El hecho de que se cometan delitos - obviamente, en la
clandestinidad - no es razón para que esas conductas tengan que ser legalizadas.
Según esta extraña lógica, habría que regular la evasión de impuestos en los
casos límite de contribuyentes que tuvieran extremas dificultades para cumplir
sus deberes con el Fisco, a fin de que no defrauden en la clandestinidad.
Cuando en la
comisión de un delito concurren circunstancias especiales, la actitud razonable
no es legalizar el delito en tales circunstancias, sino que el juez las tenga en
cuenta a la hora de ponderar en el correspondiente juicio la responsabilidad del
autor o los autores, si la hubiera.
Por otra
parte, también en este tipo de argumentos nos hallamos ante la manipulación de
las palabras y su significado. Los partidarios de la eutanasia propugnan su
legalización para, mediante su control, impedir "excesos o abusos". Esta forma
de presentar la cuestión presupone que, en determinadas circunstancias, la
práctica de la eutanasia no es un exceso o un abuso; es decir, se ciega la
posibilidad de debatir la naturaleza misma de la eutanasia, porque se parte
gratuitamente del supuesto de que hay eutanasias abusivas y eutanasias
correctas, lo cual es falso. Además, con esta forma de argumentar se intenta
producir la impresión de estar solicitando una legislación restrictiva, cuando
en la realidad se solicita una norma permisivo, que es exactamente lo contrario.
80.
El carácter irrenunciable, inalienable e indisponible del derecho a
la vida, ¿tiene valor absoluto en el Derecho español, o admite excepciones?
Son varias
las leyes que han admitido excepciones a este principio: las que han legitimado
la pena de muerte, las que permiten el aborto no punible en determinados casos y
las que hacen posible sin sanción penal la destrucción de embriones y fetos
humanos en el entorno de las técnicas de reproducción asistida y las
experimentaciones e investigaciones relacionadas con esas técnicas.
En un grado
inferior al del derecho a la vida, nuestro Código Penal permite en algunos casos
ir contra la integridad física de las personas, derecho íntimamente conexo al de
la vida: son los casos de las esterilizaciones y los trasplantes de órganos,
que, si son consentidos no son delito. Desde el punto de vista moral los
trasplantes son, normalmente, dignos de elogio mientras que las esterilizaciones
merecen un serio reproche moral.
81.
¿Admite el Derecho español algún caso en que no sea castigado el atentado contra
la integridad física de una persona sin su consentimiento?
Sí. Una
reforma realizada en el Código Penal en 1989 modificó su artículo 428 para
permitir la esterilización forzosa de deficientes psíquicos. Este es el primer
caso en que la legislación española ha abierto la puerta a la legitimación
jurídica de atentados a la integridad física de las personas sin su
consentimiento, admitiendo así el peligroso principio de que los deficientes
psíquicos, sólo por serlo, pueden ver limitados los derechos fundamentales que -
por ser personas como las demás - la Constitución les reconoce.
Como es
fácil advertir, admitido el principio, es imposible ya poner un límite lógico,
absoluto e inamovible al proceso de limitación de derechos a los deficientes o a
quienes están en situaciones asimilables por edad o por enfermedad.
Esta norma,
aparte de intrínsecamente inmoral, ha introducido una escala de valores en el
Derecho español que puede propiciar un deslizamiento suave hacia la eutanasia,
hacia la privación del derecho a la vida a quienes por una u otra razón no están
en la plenitud de sus facultades.
82.
¿Puede en algún caso no ser delictiva la llamada eutanasia del recién nacido",
es decir, el matar o dejar morir sin asistencia a un niño recién nacido al
saberse, tras el parto, que es deficiente?
No. En
España, matar a un recién nacido porque éste sea deficiente siempre es delito.
Sin embargo,
puede llegar el día en que el legislador se plantee que en tales casos nadie
debiera ser condenado o siquiera Juzgado, argumentando que se hace un favor al
deficiente matándolo para evitar que lleve una vida de escasa calidad. SI,
detectada la deficiencia - o la mera probabilidad de deficiencia - antes de
nacer, la ley permite que se mate a un ser humano mediante un aborto no punible
hasta las veintidós semanas de vida intrauterina, no se ve razón lógica para
impedir que se le mate tres meses y medio después si se aprecia entonces la
deficiencia del niño.
El aborto
"eugenésico" no punible ha introducido una lógica de eliminación de vidas
deficientes que no tiene por qué detenerse en el momento del parto. En países
cercanos geográfica y culturalmente al nuestro ya se han dado casos de padres
que han matado a hijos recién nacidos por ser deficientes, y han sido absueltos
por los tribunales con argumentos como los expuestos.
83. Ya
que el derecho a la vida es irrenunciable, ¿pueden los médicos tomar las
decisiones que quieran para mantener con vida a sus pacientes?
No. El
Derecho español se basa en el principio de que el tratamiento médico sólo es
legítimo si el paciente consiente en él. Si un médico decidiera actuar sobre un
paciente en contra de la voluntad de éste, podría cometer un delito de
coacciones. Ahora bien, la libertad del paciente para recibir o no un
determinado tratamiento, o sufrir o no una intervención quirúrgica, no llega
hasta el extremo de obligar al médico a cometer un delito como quitarle la vida.
Si la voluntad del paciente revelase una actitud claramente suicida, el médico
podría y debería - con autorización judicial, en su caso aplicarle tratamientos
ordinarios y no arriesgados para mantenerlo en vida, ya que, de lo contrario,
podría cometer el delito de omisión del socorro debido.
84. ¿Qué
es el delito de omisión del socorro debido?
El Código
Penal lo define en su artículo 489 ter así:
"El que no
socorriera a una persona que se hallare desamparada y en peligro manifiesto y
grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de tercero, será castigado
con la pena de arresto mayor o multa de 30.000 a 60.000 pesetas.
En la misma
pena incurrirá el que, impedido a prestar socorro, no demandare con urgencia
auxilio ajeno.
Si
la Víctima lo
fuere por accidente ocasionado por el que omitió el auxilio debido, la pena será
de prisión menor".
Considerar
delito el no prestar socorro a quien se encuentra en peligro para su vida o su
integridad física es una manifestación de solidaridad social y humana, y se basa
precisamente en que toda persona tiene derecho a que los demás la ayuden cuando
esté en peligro, sin que se distinga si eso ocurre por causas ajenas a su
voluntad o por su propio deseo.
La
existencia de este delito, y la exigibilidad ética de esta conducta de ayuda a
quien está en peligro, acreditan cómo no existe un derecho a quitarse la vida.
Si eso no fuera así cometerían un delito de coacciones el policía que intenta
evitar que el suicida se arroje por la ventana, o el médico que procura salvar
la vida del herido que ingresa en grave estado como consecuencia de un intento
de suicidio.
Además,
quien no hiciera todo lo posible por salvar la vida de otro, aun cuando éste
desease morir, violaría el principio de justicia que exige dar a cada cual lo
que es suyo y reconocerle su dignidad aunque él no lo desee.
85. ¿Qué
es el principio de justicia?
Es uno de
los principios generales del Derecho según el cual todo ser humano debe ser
respetado y su dignidad protegida y amparada por los demás - incluido el Estado
- aun en el caso de que renuncie explícita y expresamente a ello. Este principio
elemental de la ética social y de la conducta común implica que prevalece la
justicia sobre la autonomía del individuo, de forma que nadie puede hacer daño a
otro aunque éste lo pida.
El principio
de justicia es una expresión del sentido ético básico de la Humanidad, fundamento
elemental de todas las leyes y de la propia convivencia social. Sin él no
tendían justificación alguna ni el Derecho ni los Tribunales, y sería imposible
una sociedad organizada sobre fundamentos distintos de la ley del más fuerte y
la institucionalización de la violencia.
86. Si
esto es así, ¿cómo es que algunos dicen que es preciso legalizar la eutanasia
para evitar el encarnizamiento terapéutico?
Quienes
defienden tal argumento, o hacen pura demagogia al llamar "encarnizamiento
terapéutico" a que el médico no pueda ser obligado a acabar con la vida de sus
pacientes cuando éstos o sus familiares lo soliciten, o engañan - de buena o
mala fe - a la opinión pública pretendiendo que ésta caiga en el error de
legalizar un mal (la eutanasia) para evitar otro mal (el encarnizamiento
terapéutico), cuando la verdad es que ambos males ya están prohibidos y
castigados por las leyes.
87. ¿Qué
valoración global merece la legislación española en cuanto a la protección del
derecho a la vida?
Actualmente,
crecen las opiniones y se elaboran propuestas legislativas que pretenden ampliar
las grietas ya existentes en el bloque coherente que una tradición de siglos ha
construido para comprometer activamente al Estado y al Derecho en la defensa de
la vida humana. Pero, salvo en lo relativo a seres humanos no nacidos, o
concebidos en laboratorio, la protección jurídica en España del derecho a la
vida es bastante correcta.
88. ¿Es
válido en España el llamado "testamento vital"?
Si por
"testamento vital" se entiende el mandato hecho a una persona para que acabe con
la propia vida en caso de estar gravemente enfermo, impedido o con fuertes
dolores, tal testamento es nulo y totalmente ineficaz, porque nadie puede
obligar a otro a matarlo ni por acción ni por omisión.
En cambio,
si por "testamento vital" se entiende la expresión de la voluntad de una persona
de renunciar a que le sean aplicados medios desproporcionados para alargarle
artificial o mecánicamente la agonía cuando ya no sea posible salvarle la vida,
tal testamento es válido jurídica y éticamente.
Como ejemplo
concreto de un "testamento vital" perfectamente válido y admisible, está el que
la Conferencia
Episcopal Española ha aprobado y propuesto a los cristianos. Su
texto dice así:
TESTAMENTO VITAL
A mi
familia, a mi médico, a mi sacerdote, a mi notario:
Si me
llega el momento en que no pueda expresar mi voluntad acerca de los tratamientos
médicos que se me vayan a aplicar, deseo y pido que esta Declaración sea
considerada como expresión formal de mi voluntad, asumida de forma consciente,
responsable y libre, y que sea respetada como si se tratara de un testamento.
Considero que la vida en
este mundo es un don y una bendición de Dios, pero no es el valor supremo y
absoluto. Sé que la muerte es inevitable y pone fin a mi existencia terrena,
pero desde la fe creo que me abre el camino a la vida que no se acaba, junto a
Dios.
Por
ello, yo, el que suscribe.................... pido que si por mi enfermedad
llegara a estar en situación crítica irrecuperable, no se me mantenga en vida
por medio de tratamientos desproporcionados o extraordinarios; que no se me
aplique la eutanasia activa, ni se me prolongue abusiva e irracionalmente mi
proceso de muerte; que se me administren los tratamientos adecuados para paliar
los sufrimientos.
Pido
igualmente ayuda para asumir cristiana y humanamente mi propia muerte.
Deseo poder prepararme para este acontecimiento final de mi existencia, en paz,
con la compañía de mis seres queridos y el consuelo de mi fe cristiana.
Suscribo
esta Declaración después de una madura reflexión. Y pido que los que tengáis que
cuidarme respetéis mi voluntad. Soy consciente de que os pido una grave y
difícil responsabilidad. Precisamente para compartirla con vosotros y para
atenuamos cualquier posible sentimiento de culpa, he redactado y firmo esta
declaración.
Fecha....................
Firma
89. La
exigencia de respeto al principio de justicia. ¿permite hablar de una "ecología
humana"?
Desde luego
que sí. Al igual que los hombres hemos ido adquiriendo la convicción de la
necesidad de respetar la
Naturaleza sin manipularla abusivamente al servicio egoísta de
nuestros exclusivos intereses, debemos también convencernos de que mayor respeto
aún merece el ser humano. Sería aberrante que, mientras la mentalidad ecológica
se constituye en legítimo título de orgullo de nuestros contemporáneos,
excluyésemos a los seres humanos de esta mentalidad de respeto.
En España,
como en los demás países tenidos por civilizados, se da la paradoja de que se
aprueban leyes cuyo objeto es proteger a los animales de tratos hirientes o
experimentos innecesarios, y, al mismo tiempo, se proponen leyes (y a veces se
aprueban) que desprotegen jurídicamente a los seres humanos, de forma que el
Estado y el Derecho están menos comprometidos con el respeto a la dignidad del
hombre que con la defensa de los animales frente a tratos degradantes. Dado que
estas contradicciones existen, no sólo se puede, sino que se debe hablar de una
ecología humana, implicada y comprometida en la salvaguarda de la vida como un
derecho inalienable, indisponible e irrenunciable.
VI. LA IGLESIA ANTE
LA EUTANASIA
90. La
cuestión de la eutanasia ¿es un problema religioso o moral?
Además de un
problema médico, político o social, la eutanasia es un grave problema moral para
cualquiera, sea o no creyente.
Quienes
creemos en un Dios personal que no sólo ha creado al hombre sino que ama a cada
hombre o mujer en particular y le espera para un destino eterno de felicidad y,
en especial, los católicos, tenemos un motivo más que los que pueda tener
cualquier otra persona para rechazar la eutanasia, pues los que así pensamos
estamos convencidos de que la eutanasia implica matar a un ser querido por Dios
que vela por su vida y su muerte. La eutanasia es así un grave pecado que atenta
contra el hombre y, por tanto, contra Dios, que ama al hombre y es ofendido por
todo lo que ofende al ser humano; razón por la que Dios en su día pronunció el
"no matarás" como exigencia para todo el que quiera estar de acuerdo con Él.
Para los
católicos, la eutanasia, como cualquier otra forma de homicidio, no sólo es un
ataque injustificable contra la dignidad humana, sino también un gravísimo
pecado contra un hijo de Dios.
Oponerse a
la eutanasia no es postura exclusiva de quienes creen en Dios, pero para éstos
es algo natural y no renunciaba: para ellos la vida es don gratuito de Dios y
nadie está legitimado para acabar con la vida de un inocente.
91. Sin embargo, la
Iglesia no condena en toda circunstancia la guerra y la pena de
muerte. ¿No es contradictorio esto con su postura sobre la eutanasia?
No es
contradictorio por cuanto la guerra y la pena de muerte pueden ser expresión del
derecho a la legitima defensa contra la agresión injusta, que la Iglesia siempre ha
reconocido a las personas y las sociedades y que, por otra parte, es admitida
por todos los ordenamientos jurídicos contemporáneos como por las declaraciones
internacionales sobre derechos humanos. La eutanasia, por el contrario, jamás
puede ser entendida como legitima defensa aunque materialmente su efecto sea el
mismo que el de la guerra o la pena de muerte.
Uno de los
requisitos para considerar admisible la legítima defensa es el de la
proporcionalidad entre el ataque que se recibe y el daño que se causa al
agresor. Hoy día se extiende el convencimiento entre muchos moralistas - y ello
ha sido reflejado en algunos textos del episcopado mundial - de que los medios
de destrucción masiva existentes hacen desproporcionado cualquier guerra en la
que se usen estos medios. Asimismo se extiende la opinión de que la ineficacia
acreditada de la pena de muerte como elemento disuasorio, la convierte también
en desproporcionado para justificarla moralmente como legítima defensa social.
Por tanto, en la medida en que medios distintos de la pena de muerte y la guerra
sean suficientes para defender las vidas humanas contra el agresor y para
proteger la paz pública, estos recursos no sangrientos deben preferirse por ser
más proporcionados y más conformes al fin perseguido y a la dignidad humana.
De ahí que
varias Conferencias Episcopales hayan tomado postura oficialmente a favor de la
abolición de la pena de muerte y en contra del carácter justo de cualquier
guerra no puramente defensiva, postura que este documento comparte, pues, si se
debe defender la vida, este principio es indivisible, y debe ser de aplicación
en todos los casos.
92. ¿Por
qué la Iglesia
condena el suicidio y la eutanasia y, en cambio, exalta el martirio?
La vida
humana en su dimensión corporal participa ciertamente, según se ha dicho antes,
de la dignidad de la persona y, por lo mismo, no se puede atentar contra ella
por ningún motivo.
La
Iglesia condena por ello el
suicidio y el homicidio. en sus diversas formas y cualesquiera que sean los
motivos que se invoquen para cometerlos. Tan condenable es la eutanasia en
cuanto una forma de homicidio por motivo de piedad y compasión, como el atentado
contra la propia vida por un motivo religioso, que sería en ese caso, desde
luego, un suicidio.
Pero es
evidente que el mártir no es un suicida que atenta contra su vida por un motivo
religioso. El mártir no se quita la vida: se la quitan. No realiza un suicidio,
sino que es víctima de un homicidio. No quebranta, pues, en absoluto, el
principio de la inviolabilidad de la vida humana como bien fundamental de la
persona.
Ahora bien:
la vida humana en su dimensión corporal participa de la dignidad de la persona,
pero no se identifica con esta dignidad. La persona humana es cuerpo, pero es
también más que cuerpo. Forman parte, por ello, de la dignidad de la persona
otros valores más altos que el de su vida física, y por los que el hombre puede
entregar su vida, gastarla y hasta acortarla mientras no atente directamente
contra ella. La vida humana, siendo un valor fundamental de la persona, no es el
valor absoluto y supremo.
La
Iglesia, que condena el suicidio
y el homicidio por atentar contra un bien fundamental e inviolable de la
persona, exalta el martirio por cuanto es una entrega que el mártir hace de su
vida física en aras de unos valores superiores a ella, como son su fidelidad y
amor a Dios, dando con ello testimonio heroico de vida coherente con las más
altas exigencias de la dignidad de la persona humana lejos de atentar contra
esta dignidad hace una máxima afirmación de ella.
Que la
entrega de la vida sea una muestra de la dignidad de la persona humana es, por
otra parte, fácil de advertir. La experiencia cotidiana nos brinda ejemplos de
vidas que se entregan, se gastan en cada momento en el ejercicio de las
responsabilidades familiares, profesionales o sociales. La madre que quebranta
su salud pasando noches enteras junto al lecho de su marido o su hijo; el
bombero que arriesga su vida por sofocar un incendio; el empresario o el
sindicalista que sufren enfermedades derivadas de la tensión por mantener unos
puestos de trabajo; el socorrista que se pone en trance de morir ahogado...
Todos éstos son ejemplos, entre otros muchos, de formas de gastar, de acortar y
de arriesgar la propia vida en aras de valores solidarios. Cuando el valor que
se pone en juego es un valor supremo, el ofrendar supremamente la vida es una
actitud coherente y admirable, y es evidente que nada de eso tiene que ver con
la eutanasia.
Es en esta
lógica de la entrega, de la donación de la vida, donde se enmarca el martirio, y
por lo que merece ser exaltado.
93.
¿Puede decirse, entonces, que la vida humana no es para la Iglesia un valor absoluto?
La vida
humana no es para la
Iglesia un valor absoluto al que todos los demás se deban
subordinar; lo que es un valor absoluto para la Iglesia es la dignidad de la persona
humana, que está hecha a imagen y semejanza de Dios. Por eso el martirio o el
arriesgar la propia vida por salvar a otros no sólo no son pecado, sino que
pueden ser algo valioso e incluso moralmente obligatorio.
Así,
la Iglesia ha
elevado a los altares a una persona como Maximiliano Kolbe, que realizó, por
motivos sobrenaturales, un acto de suprema generosidad entregando su vida para
salvar la de otra persona.
No existe,
en consecuencia, contradicción alguna entre el estricto criterio de rechazo a la
eutanasia por parte de la
Iglesia y el que para ella existan valores superiores a la vida
humana: matar a un ser humano inocente es gravísimo pecado; que un ser humano
asuma morir por hacer el bien que debe o antes que verse obligado a hacer el
mal, es virtuosa actitud.
94. ¿Se
puede resumir en pocas palabras cuál es la doctrina de la Iglesia sobre la eutanasia?
La doctrina
de la Iglesia
sobre la eutanasia es la que ha quedado expuesta en este documento, pero podemos
resumirla ahora en forma de decálogo:
1.
Jamás es
lícito matar a un paciente, ni siquiera para no verle sufrir o no hacerle
sufrir, aunque él lo pidiera expresamente. Ni el paciente, ni los médicos, ni el
personal sanitario, ni los familiares tienen la facultad de decidir o provocar
la muerte de una persona.
2.
No es lícita
la acción que por su naturaleza provoca directa o intencionalmente la muerte del
paciente.
3.
No es lícito
omitir una prestación debida a un paciente, sin la cual va irremisiblemente a la
muerte; por ejemplo, los cuidados vitales (alimentación por tubo y remedios
terapéuticos normales) debidas a todo paciente, aunque sufra un mal incurable o
esté en fase terminal o aun en coma irreversible.
4.
Es lícito
rehusar o renunciar a cuidados y tratamientos posibles y disponibles, cuando se
sabe que resultan eficaces, aunque sea sólo parcialmente. En concreto, no se ha
de omitir el tratamiento a enfermos en coma si existe alguna posibilidad de
recuperación, aunque se puede interrumpir cuando se haya constatado su total
ineficacia. En todo caso, siempre se han de mantener las medidas de
sostenimiento.
5.
No existe la
obligación de someter al paciente terminal a nuevas operaciones quirúrgicas,
cuando no se tiene la fundada esperanza de hacerle más llevadera su vida.
6.
Es lícito
suministrar narcóticos y analgésicos que alivien el dolor, aunque atenúen la
consciencia y provoquen de modo secundario un acortamiento de la vida del
paciente. Siempre que el fin de la acción sea calmar el dolor y no provocar
subrepticiamente un acortamiento sustancial de la vida; en este caso, la
moralidad de la acción depende de la intención con que se haga y de que exista
una debida proporción entre lo que se logra (la disminución del dolor) y el
efecto negativo para la salud.
7.
Es lícito
dejar de aplicar tratamientos desproporcionados a un paciente en coma
irreversible cuando haya perdido toda actividad cerebral. Pero no lo es cuando
el cerebro del paciente conserva ciertas funciones vitales, si esa omisión
provocase la muerte inmediata.
8.
Las personas
minusválidas o con malformaciones tienen los mismos derechos que las demás
personas, concretamente en lo que se refiere a la recepción de tratamientos
terapéuticos. En la fase prenatal y postnatal se les han de proporcionar las
mismas curas que a los fetos y niños sin ninguna minusvalía.
9.
El Estado no
puede atribuirse el derecho a legalizar la eutanasia, pues la vida del inocente
es un bien que supera el poder de disposición tanto del individuo como del
Estado.
10. La eutanasia es un crimen
contra la vida humana y contra la ley divina, del que se hacen corresponsables
todos los que intervienen en la decisión y ejecución del acto homicida.
95. En las situaciones ¿No se plantean al médico, la enfermera o los familiares
creyentes, unos problemas morales muy difíciles de resolver?
Pueden
plantearse tales problemas y pueden ser de difícil resolución, como sucede por
otra parte en otros muchos ámbitos de la vida (¿cuál es el salario justo?, ¿cuál
la actitud respecto a un hijo, un marido o una esposa delincuente?, ¿qué
impuestos son justos? etc.), pero se puede llegar a una solución justa si se
tienen claros los principios morales, los bienes que hay que respetar y los
males que hay que evitar. En el caso del enfermo terminal, habrá que acudir al
contraste de opiniones con otros expertos en Medicina y en Moral, y habrá que
reflexionar con cuidado y lealtad sincera hacia el otro y sus derechos, antes de
tomar una decisión.
Si a pesar
de todo permanece la duda, la actitud moralmente prudente será la de abstenerse
de correr el riesgo de hacer algo inmoral, viejo principio de gran eficacia.
96. ¿Y no
es demasiado ambiguo el dejar al puro criterio del médico, o del estado de la
ciencia en un momento concreto, la determinación de lo que son medios
proporcionados o no para mantener la vida?
No, no es
ambiguo: es profundamente humano y realista. Pretender hacer un elenco
casuístico de todos los casos posibles es inútil, porque tal relación es
imposible. La moral (como, por otra parte, el Derecho, tanto eclesiástico como
civil) define los principios del recto obrar, identifica los bienes que han de
ser respetados y pone de manifiesto los males que han de ser evitados. Después
es el sujeto del acto moral, el hombre con capacidad de conocer y querer, el que
debe decidir - según su conciencia, previamente formada - ante la situación
concreta. Es esa - la decisión - la responsabilidad de cada ser humano y debe
ser asumida pensando en Dios, porque Él es el que al final juzga.
Esto es así
no sólo respecto a la eutanasia, sino en mil ámbitos más: el trabajador que se
plantea ir a la huelga, el empresario que fija salarios y condiciones de
trabajo, el legislador o el político que adopta decisiones que afectan a
millones de ciudadanos, el vendedor que pone precio a sus productos, el juez que
dicta sentencia, el padre o la madre que se ven ante un hijo problemático, son
personas que tienen la obligación moral de adoptar decisiones justas, y para
ello no disponen de ninguna lista de casos que lo abarque todo, sino que deben
basarse en los principios morales que la Iglesia enseña, y también en las
circunstancias diversas cambiantes, a veces fugaces y otras difíciles de
aprender de la realidad sobre la que su decisión va a incidir.
La doctrina
es clara y segura; las circunstancias pueden no ser conocidas con total certeza,
y la decisión - el acto moralmente relevante - siempre será un acto del hombre
enfrentado a la situación conflictiva. Esta es la grandeza y la servidumbre de
la libertad que caracteriza al hombre.
97. ¿Cuál
es la doctrina de la
Iglesia sobre el dolor y la muerte?
Para quienes
tienen fe, el interrogante que sobre el mal se hacen todos los hombres es más
acuciante, pues la fe nos hace tener presente a un Dios todopoderoso que ama a
cada hombre. Pues bien, el conocimiento de que, en la realidad, la providencia
amorosa de Dios respecto a cada hombre es compatible con la existencia del dolor
y el sufrimiento, nos indica que el dolor - aunque no podamos explicarlo - tiene
un sentido.
Cuando a
Cristo se le preguntó por alguna de las facetas del dolor, fue parco en
palabras: prácticamente sólo explicó que no se trataba de un castigo divino
(cfr. curación del ciego de nacimiento; Jn. 9,2-4). Pero Jesús hizo algo mejor
que pronunciar palabras sobre el dolor: sufrió el dolor total en la Cruz convirtiendo ese dolor y
esa muerte, por la
Resurrección, en la Buena Nueva, dándole el máximo
sentido: ese dolor atroz hasta la muerte es el máximo bien de la Humanidad y dio sentido
al hombre, a la historia y al universo.
Quizá
nosotros lo más que podarnos hacer sea imitar a Cristo: decir pocas palabras
sobre el dolor, pero vivir la experiencia de encontrarle sentido convirtiéndolo,
con la esperanza en la resurrección y la vida eterna, en fuente de amor y de
superación de uno mismo, para unirnos en espíritu con el sufrimiento de Cristo,
que prometió la bienaventuranza a los que sufren: a los pobres, los que lloran,
los que tienen hambre y sed, los perseguidos.
Cristo no
teorizó sobre el dolor: amó y consoló a los que sufren y Él mismo sufrió hasta
la muerte, y muerte de cruz. La
Iglesia no elabora teorías sobre el dolor, pero quiere aportar
a la
Humanidad una vocación de donación preferente hacia los que
sufren, y también la experiencia del sentido del dolor que Cristo nos dio con su
muerte, y que tantos millones de cristianos intentan revivir todos los días
desde hace veinte siglos.
98. ¿Cuál
debe ser la actitud de un cristiano ante la eutanasia y, en general, ante el
sufrimiento y la muerte propios o ajenos?
Todos los
cristianos podemos y debemos coadyuvar con nuestras palabras, nuestros actos y
nuestras actitudes y recrear en el entramado de la vida cotidiana una cultura de
la vida que haga inadmisible la eutanasia. En particular, y a título meramente
de ejemplo, todos podemos ayudar a esa inmensa tarea:
Ø
aceptando el dolor y la
muerte, cuando nos afecte personalmente, con la visión sobrenatural propia de un
católico que sabe que puede unirse a Cristo en su sufrimiento redentor y que,
tras la muerte, nos espera el abrazo de Dios Padre;
Ø
ejercitando según
nuestros medios, posibilidades y circunstancias, un activo apoyo al que sufre:
desde una sonrisa hasta la dedicación de tiempo y dinero mil cosas podemos hacer
para aliviar el dolor ajeno y ayudar al que lo padece a sacar amor y alegría
honda de su dolor, y no odio y tristeza;
Ø
rezando por los que sufren, por quienes los
atienden, por los profesionales de la salud, por los políticos y legisladores en
cuyas manos está legislar a favor de la eutanasia o a favor de la dignidad del
que sufre. La oración es el alma más poderosa y eficaz con que contamos los
cristianos;
Ø
facilitando el
surgimiento de vocaciones a las instituciones de la Iglesia que por su carisma
fundacional están específicamente dedicadas a atender a la humanidad doliente y
que constituyen hoy - como hace siglos - una maravillosa expresión del amor y el
compromiso práctico de la
Iglesia con los que sufren;
Ø
acogiendo con amor
sobrenatural, afecto humano y naturalidad en el seno de la familia a los
miembros dolientes, deficientes, enfermos o moribundos aunque eso suponga
sacrificio;
Ø
estando presentes en los
medios de comunicación social y demás foros de influencia en la opinión pública
para hacer patentes nuestras convicciones sobre el dolor y la muerte y nuestras
alternativas a la eutanasia homicida: cartas al director, llamadas telefónicas,
estudios médicos, conferencias, etc.;
Ø
votando, en los procesos electorales de
nuestro país, con atención responsable hacia la actitud de cada partido político
ante cuestiones como la familia, la sanidad, la política respecto a los
minusválidos y la tercera edad, la eutanasia, etc.;
Ø
los médicos, enfermeras y
demás profesionales sanitarios, promoviendo un tipo de Medicina y de asistencia
hospitalaria realmente centradas en el enfermo, en el trato digno al paciente.
En todo caso
tenemos a nuestra disposición un sacramento - la unción de los enfermos -
específicamente creado por Dios para preparar una buena muerte.
99. ¿Qué
es el Sacramento de la
Unción de los Enfermos?
Es uno de
los siete Sacramentos de la
Iglesia destinado a reconfortar a los que están probados por la
enfermedad.
Este
Sacramento otorga al cristiano un don particular del Espíritu Santo, mediante el
cual el hombre recibe una gracia de fortalecimiento, de paz y de valor para
vencer las dificultades propias del estado de enfermedad grave o de fragilidad
de la vejez. Esta gracia renueva en el que la recibe su fe y confianza en el
Señor, robusteciéndole contra las tentaciones del enemigo y la angustia de la
muerte, de tal modo que pueda, no sólo soportar sus males con fortaleza, sino
también luchar contra ellos e incluso, conseguir la salud si conviene para su
salvación espiritual; asimismo, la unción de los enfermos le concede, si es
necesario, el perdón de los pecados y la plenitud de la penitencia cristiana.
La Unción es
Sacramento de enfermos y sacramento de Vida, expresión ritual de la acción
liberadora de Cristo que invita, y al mismo tiempo ayuda al enfermo a participar
en ella.
Es
aconsejable recibir este Sacramento en enfermedad grave, vejez o peligro, como
puede ser el de una operación quirúrgica en que peligra su vida, pudiendo
reiterarse aún dentro de la misma enfermedad si ésta se agrava, no debiendo
reservarse para cuando el enfermo está ya privado de su consciencia.
Así dice el
Concilio: "... no es sólo el Sacramento de quienes se encuentran en los últimos
momentos de su vida. Por tanto, el tiempo oportuno para recibirlo comienza
cuando el cristiano ya empieza a estar en peligro de muerte por enfermedad o
vejez" (SC 73).
Unido a este
Sacramento, el "Viático" o recepción de la Eucaristía que ayude a completar
el camino hacia el Señor, ("Viático", quiere decir "Vianda" para el camino),
perfeccionará la esperanza cristiana "asociándose voluntariamente (el enfermo) a
la pasión y muerte de Cristo" (L.G. 11).
100.
¿Cuál debe ser la actitud de un cristiano ante la muerte?
Los
cristianos deben ver la muerte como el encuentro definitivo con el Señor de
la Vida y, por lo
tanto, con esperanza tranquila y confiada en Él, aunque nuestra naturaleza se
resista a dar ese último paso que no es fin, sino comienzo. La antigua
cristiandad denominaba, con todo acierto, al día de la muerte, "dies natalis",
día del nacimiento a la
Vida de verdad, y con esa mentalidad deberíamos acercarnos
todos a la muerte.
En todo
tiempo la piedad cristiana identificó en breves jaculatorias el deseo que a
todos los cristianos debe animar respecto a su muerte: que en la última agonía
está muy cerca de nosotros la
Madre de Dios, como estuvo al pié de la Cruz cuando su Hijo
moría.